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USCIS establece una norma para quienes no tienen nacionalidad y desean vivir y trabajar en Estados Unidos

Puede ser un elemento positivo para el extranjero que solicita un beneficio migratorio como el asilo, el Estatus de Protección Temporal (TPS) o un permiso de permanencia temporal (parole).

22 de mayo de 2025, 10:00 p. m.
Personas que califican automáticamente a la ciudadanía estadounidense
Personas que califican automáticamente a la ciudadanía estadounidense | Foto: Getty Images

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) cuenta con una normativa que le permite tratar a una persona sin nacionalidad al momento de revisar su elegibilidad para una solicitud.

Quienes se benefician de esta consideración tienen la posibilidad de solicitar la residencia en Estados Unidos y acceder a oportunidades laborales, al igual que otros migrantes.

La regla de Uscis para personas sin nacionalidad

Una persona apátrida no es reconocida como nacional por ningún país según su legislación, según indica la agencia. Al igual que otros ciudadanos extranjeros, estos individuos pueden pedir distintos beneficios o medidas migratorias.

El USCIS indica que, aunque no hay un beneficio migratorio específico cuando la elegibilidad depende exclusivamente de la apatridia del solicitante, esta condición puede tomarse en cuenta como un elemento positivo o relevante en determinadas solicitudes.

“La determinación de si alguien es ciudadano o nacional de un país específico a menudo requiere interpretar aspectos complejos del derecho extranjero”, aclara la agencia. Por ello, se realizan procedimientos que contemplan la revisión de evidencias y la creación de un informe que brinda al funcionario encargado información útil para su evaluación.

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Una persona apátrida no es reconocida como nacional por ningún país según su legislación, según indica la agencia. | Foto: Getty Images

Existen varias causas comunes de apatridia, entre las que se incluyen:

  • Falta de registro de nacimiento y de certificados de nacimiento;
  • Nacimiento de padres apátridas.
  • Cambio político y transferencia de territorio, que puedan alterar el estatus de nacionalidad de los ciudadanos del antiguo o antiguos estados.
  • Descuidos administrativos, problemas de procedimiento, conflictos de leyes entre dos países o destrucción de registros oficiales.
  • Cambio de nacionalidad durante el matrimonio o disolución del matrimonio entre parejas de diferentes países.
  • Discriminación selectiva contra las minorías.
  • Leyes que restringen la adquisición de la ciudadanía.
  • Leyes que restringen los derechos de las mujeres a transmitir su nacionalidad a sus hijos.
  • Leyes relativas a los hijos nacidos fuera del matrimonio o durante el tránsito.
  • Pérdida, revocación o renuncia de la nacionalidad sin adquirir previamente otra.

El 1 de agosto de 2023, el USCIS difundió una guía en su Manual de Políticas dirigida a personas apátridas en Estados Unidos que estén considerando presentar, o que ya hayan presentado, una solicitud o petición migratoria. De este modo, la agencia establece normas específicas para manejar estos trámites.

Beneficios migratorios en EE.UU. para apátridas

El USCIS puede tener en cuenta la apatridia como un elemento relevante al evaluar diferentes solicitudes de beneficios migratorios, entre ellas:

Acción diferida: se trata de una medida discrecional por parte de la fiscalía que pospone o retrasa la deportación de un extranjero. Mientras dure este periodo, la persona no es expulsada del país; sin embargo, no se le otorga un estatus migratorio legal ni se justifica ningún tiempo previo de permanencia ilegal.

Permiso de Permanencia Temporal en el País (Parole-in-Place): puede otorgarse de manera individual, atendiendo a circunstancias humanitarias urgentes o cuando exista un beneficio importante para el interés público. Además, el extranjero debe demostrar que es merecedor de esta medida de protección.

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El USCIS puede tener en cuenta la apatridia como un elemento relevante al evaluar diferentes solicitudes de beneficios migratorios. | Foto: Getty Images

Asilo y refugio: se conceden a personas extranjeras que han sufrido persecución o tienen un temor fundado de ser perseguidas debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social específico o por sus opiniones políticas. La condición de apatridia genera situaciones de vulnerabilidad particulares que pueden influir en este tipo de decisiones humanitarias.

Estatus de No Inmigrante U o T: es un beneficio migratorio que permite a ciertas personas que han sido víctimas de formas graves de trata de personas permanecer en Estados Unidos por un periodo inicial de hasta cuatro años. Esto aplica si han colaborado razonablemente con las autoridades en la identificación, investigación o enjuiciamiento del delito, o si califican para una excepción o exención.

Estatus de Protección Temporal: se concede a extranjeros que ya se encuentran en Estados Unidos y que son ciudadanos elegibles de países designados. En los casos de apatridia, este factor se considera relevante para establecer la elegibilidad, especialmente si el solicitante afirma no tener nacionalidad y su última residencia habitual fue en uno de esos países designados.