Economía

Los efectos de los tres nuevos impuestos en Colombia: ¿de qué se trata?

Así regirán los nuevos tributos.

24 de febrero de 2025, 9:47 p. m.
Un total de $ 306.000 millones fueron recaudados durante las fechas avaladas para el pago del Impuesto Automotor.
Los 3 nuevos impuestos que regirán en Colombia. | Foto: Gobernación del Valle

El pasado 14 de febrero, el Gobierno nacional expidió un nuevo decreto que establece una serie de medidas fiscales extraordinarias y otras medidas.

Esto, con el fin de hacerle frente a la crisis de seguridad que se vive en el Catatumbo, un territorio históricamente golpeado por los grupos armados y que ahora vive un crudo enfrentamiento entre las disidencias de las Farc y el ELN.

El decreto fue firmado en medio del estado de conmoción interior fijado por el Gobierno. Dicho estado fue decretado, además de para la región del Catatumbo, en el área metropolitana de Cúcuta y los municipios Río de Oro y González en el Cesar.

  Miles de campesinos tuvieron que salir desplazados por la amenaza de ser asesinados por el ELN, estructura criminal que ahora se ha quedado con sus tierras.
Miles de campesinos tuvieron que salir desplazados por la amenaza de ser asesinados por el ELN, estructura criminal que ahora se ha quedado con sus tierras. | Foto: AFP

Entre las razones para decretar dicho estado se encuentran las graves perturbaciones al orden público, que amenazan la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana.

Dichas perturbaciones incluyen la presencia de grupos armados, la existencia de situaciones de violencia, además de la crisis humanitaria por desplazamiento forzado, desapariciones y homicidio.

Esta situación ha generado la necesidad de mayores recursos, no previstos en el PGN. Estos son algunos de sus efectos fiscales:

1. Impuesto del IVA sobre los juegos de suerte y azar operados exclusivamente en línea

Se establece que los juegos de azar estarán gravados con el impuesto sobre las ventas. Dicho impuesto se activa tras la suspensión temporal de parte del artículo 420, en el literal e, que excluye del gravamen del IVA a este tipo de apuestas.

La base gravable corresponde al valor del depósito en dinero realizado por el usuario apostador en su cuenta de usuario y dividido por 1,19. Dicho depósito puede ser tanto en efectivo, como en transferencias de dinero o criptomonedas.

Los operadores de juegos de suerte y azar por internet, tanto nacionales como extranjeros, son responsables de recaudar y declarar el IVA. Con el impuesto también se fortalecen las capacidades de Coljuegos para ordenar el bloqueo sobre canales, páginas de internet y medios que de cualquier forma sirvan a la explotación, operación, venta, pago, publicidad y demás, de juegos de suerte y azar no autorizados.

Salario Mínimo
Este impuesto grava a las personas naturales o jurídicas que exporten definitivamente o vendan dentro o desde el territorio nacional distintos tipos de hidrocarburos o carbón. | Foto: Stock.adobe.com

2. Impuesto especial para el Catatumbo

Este impuesto grava a las personas naturales o jurídicas que exporten definitivamente o vendan dentro o desde el territorio nacional distintos tipos de hidrocarburos o carbón. La base gravable será el valor de la venta o el valor FOB en el caso de exportaciones. La tarifa será del 1 % sobre el valor de la venta o exportación.

Es importante tener en cuenta que, según un informe de Cuatrecasas, el impuesto se paga a través del Recibo Oficial de Pago o del medio que determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El valor pagado debe corresponder al valor del impuesto que ampara la autorización de embarque.

Respecto al recaudo en el caso de ventas nacionales, las personas naturales o jurídicas que realicen ventas dentro o desde el territorio nacional deben consolidar las operaciones de venta del mes anterior.

3. Modificación al impuesto de timbre

El tercer impuesto que se modifica es el impuesto de timbre, más exactamente el impuesto a trámites notariales. El decreto establece que la tarifa de este quedó en un 1 %.

Se causa sobre los instrumentos públicos y documentos privados, incluidos títulos valores, que se otorguen o acepten en el país. También las que se otorguen fuera del país, pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones, al igual que su prórroga o cesión, cuya cuantía sea superior a seis mil (6.000) Unidades de Valor Tributario.

Los analistas creen que, al igual que el año pasado, en este el Gobierno esperará hasta último momento para hacer un recorte de gastos más profundo.
Los analistas creen que, al igual que el año pasado, en este el Gobierno esperará hasta último momento para hacer un recorte de gastos más profundo. | Foto: adobe stock

“El Decreto aclara que las normas de impuesto de timbre que se refieren al otorgamiento de escrituras públicas para la enajenación de inmuebles, no se modifican”, detalla el análisis.

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