ECONOMÍA

Gobierno Nacional anunció descuento en impuesto de renta para operadores turísticos que ofrezcan alojamiento gratuito a desplazados

La medida hace parte de la declaratoria de la conmoción interior.

31 de enero de 2025, 10:45 p. m.
Senado de la República, sesión especial convocada por el Presidente del Senado Efraín Cepeda, Catatumbo
Senado de la República, sesión especial convocada por el Presidente del Senado Efraín Cepeda Análisis del decreto de conmoción interior , CATATUMBO | Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA / SEMANA

En la tarde del 30 de enero de 2025, el Ministerio de Comercio, Industria y Comercio anunció el decreto número 0117 de 2025, el cual señala “por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de turismo en el marco de la declaratoria de conmoción interior para mitigar sus efectos en el sector, necesarios para conjurar las causas de la perturbación que dieron lugar a la declaración del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo e impedir la extensión de sus efectos”.

El decreto señala, en primer caso, que se establece un descuento transitorio en el impuesto de renta para los operadores turísticos de Norte de Santander, inscritos en el Registro Nacional de Turismo, que ofrezcan alojamiento gratuito a las personas desplazadas por el conflicto en el Catatumbo.

“Este descuento será equivalente al valor comercial de la noche de habitación, sujeto a la verificación de que los precios están dentro de un rango razonable y acorde con las tarifas históricas y con el contexto económico actual. Los prestadores deben presentar la documentación que respalde la prestación del servicio de alojamiento gratuito, como el Registro Único de Víctimas (RUV)”, señaló el Gobierno Nacional.

Descuento en impuesto de renta para operadores turísticos que ofrezcan alojamiento gratuito a desplazados
Descuento en impuesto de renta para operadores turísticos que ofrezcan alojamiento gratuito a desplazados | Foto: SEMANA

Para acceder a este descuento, el prestador de servicios turísticos de alojamiento no deberá haber recibido ninguna contraprestación económica por las noches de alojamiento ofrecidas gratuitamente a las víctimas.

Por otra parte, se añade que modifica el artículo 53 de la Ley 2068 del 2020 para que los ingresos fiscales de Fontur se destinen a auxilios y subsidios para la recuperación de áreas turísticas afectadas, así como a la reparación de infraestructuras turísticas dañadas, siempre que los beneficiarios estén inscritos en el Registro Nacional de Turismo.

Representantes a la Cámara llegaron tarde a la plenaria para estudiar el decreto de conmoción interior.
Plenaria para estudiar el decreto de conmoción interior. | Foto: Cortesía

Junto a esto, la Superintendencia de Industria y Comercio estará facultada para verificar que los valores reportados por los contribuyentes correspondan a los precios de mercado.

¿Qué condiciones deben cumplir las empresas de turismo?

  • El prestador del servicio deberá estar activo en el Registro Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  • Garantizar los justos precios del mercado, la entidad territorial realizará la selección de los operadores turísticos de acuerdo con la revisión y aprobación de tarifas previo al redireccionamiento de las personas para su alojamiento.
  • Para la aplicación del descuento transitorio del impuesto sobre la renta establecido en este artículo, las personas naturales y jurídicas que proporcionen alojamiento gratuito a la población desplazada deberán contar con copia del Registro Único de Víctimas (RUV) de las personas que haya alojado con ocasión de la declaratoria de conmoción interior del Decreto 0062 del 24 de enero de 2025.