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Nueva decisión de la SuperIndustria a favor del dueño de la empresa que maneja Epeka en Colombia, le quita la ‘moradaza’ al empresario, ¿por qué?

Emiten otro Auto para resolver una apelación interpuesta por Samuel Tcherassi, contra el fondo de inversión Bridgewood Capital. Con las medidas cautelares aplicadas en 2021 le habían quitado la libertad de expresión, dice el barranquillero.

Redacción Economía
23 de enero de 2024
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Samuel Tcherassi, empresario barranquillero dueño de Akmios, que maneja la marca Epeka en Colombia. | Foto: Epeka

Muchos se preguntaban por qué a Samuel Tcherassi, el empresario barranquillero dueño de Akmios, que maneja la marca Epeka en Colombia, ya no se le escuchaba hablar del enredo jurídico que ha librado con el fondo de inversión Bridgewood Capital.

Ahora, tras la emisión del Auto 1875, del 19 de enero de 2024, por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se conoce la respuesta a ese interrogante.

La entidad de vigilancia acaba de resolver otro episodio jurídico dentro del famoso caso. Se trata de un recurso de apelación interpuesto por Tcherassi, luego de que la misma SIC aplicara medidas cautelares en su contra, en 2021, dentro del alegato de Bridgewood Capital, que, reclamaba la marca EPK como suya.

Hace 3 años, la Superintendencia, al aplicar medidas cautelares en contra de Tcherassi, no solo le reconoció la titularidad de la marca al mencionado fondo, sino que indicó al empresario que debía abstenerse de “difundir aseveraciones incorrectas o falsas” en relación con la propiedad industrial de EPK.

El empresario Samuel Tcherassi y el fondo de inversiones Bridgewood Capital vienen en una disputa legal por la titularidad de la marca EPK, tras romper relaciones comerciales en el año 2019.
El empresario Samuel Tcherassi y el fondo de inversiones Bridgewood Capital vienen en una disputa legal por la titularidad de la marca EPK, tras romper relaciones comerciales en el año 2019. | Foto: Archivo SEMANA.

Ahora, la SuperIndustria, en desarrollo de la apelación del empresario, evaluó las razones de la oposición de Tcherassi a las medidas cautelares. Dentro de los argumentos se destaca el de la carencia de legitimación del accionante (Bridgewood), para pedir las medidas cautelares aplicadas en contra del empresario, toda vez que ni siquiera era un actor en el mercado colombiano. Dicha aseveración la sustentó con el hecho de que, ni siquiera, la página web epk era de su titularidad (del accionante). Así las cosas, “al no participar en el mercado colombiano, no era dable concederle medida cautelar… Es una entidad fantasma que no existe jurídicamente en Colombia“, según está expuesto en el documento de la SIC.

Libertad de expresión

Y no es todo. De la mano de asesores jurídicos, Tcherassi indicó que “se vulneró la libertad de expresión y el debido proceso con las medidas cautelares”, pues estas silenciaron sus opiniones y lo forzaban a rectificar declaraciones realizadas por medios de comunicación, lo que “constituyó una injerencia ilegítima en su derecho a la opinión”, dicen los antecedentes del Auto.

Por todas esas razones, y otras más, la sustentación de que las medidas cautelares se excedían, se basó en el argumento de que “no tuvieron en cuenta la presunta infracción y los posibles perjuicios económicos derivados de la misma”.

El empresario de la ropa infantil alegó además que “la cautela causa un perjuicio desproporcionado a sus intereses porque se pretende que corrija declaraciones que fueron hechas por terceros en ejercicio de la libertad de prensa y manifestaciones propias realizadas en función de la libertad de expresión”.

Superindustria
La Superintendencia de Industria y Comercio se encarga de proteger al consumidor. | Foto: Web de la Superintendencia de Industria y Comercio

Bridgewood se defendió

A cada uno de los puntos anotados en la apelación, Bridgewood expuso su réplica. Por ejemplo, sostuvo que “la página web www.epkweb.com está operando en Colombia, de manera que allegó capturas de pantalla de presunta transacción que se cuantifica en pesos; lo que luego fue revisado por la SuperIndustria, tras lo cual, concluyó que “al realizar una revisión exhaustiva de la URL mencionada se encuentra que mediante esta no es posible acceder a productos y finalizar una compra, esto porque una vez seleccionado el producto, la cantidad y dirigiéndose al pago, este último no puede hacerse efectivo”.

SIC revocó el auto anterior

Así las cosas, en la tarea de resolver el recurso de apelación interpuesto por Tcherassi, la SIC decidió revocar el auto anterior, el de las medidas cautelares aplicadas a favor de Bridgewood, argumentando que “el Despacho encuentra que la amenaza actual o vigente no está presente, pues los hechos en los que se fundamenta la acusación del acto de desprestigio tuvieron lugar en el mes de septiembre y octubre de 2022, esto es hace más de 12 meses y a su vez, en el plenario no obra prueba que acredite que el accionado ha reiterado sus declaraciones o las ha complementado. De lo indicado emerge que no existe gravedad, ni urgencia, hecho que desemboca en que por lo menos, en sede cautelar, los derechos del accionante no están en tal riesgo inminente que amerite la adopción de una medida preventiva”.

Epk
Nuevo auto en el enredo jurídico por la marca Epk. | Foto: Documento administrativo

Líderes barranquilleros respaldaron decisión de la SIC

Varios políticos del Caribe se refirieron a la decisión de la SIC.

1. Congresista

2. Alcalde

3. Magistrado de CNE