Economía
Cómo calcular correctamente cuánto subirá el canon de arriendo en 2025: evite estos errores
Aquí le enseñamos la fórmula para que calcule exactamente cuánto debe subir este valor.
La llegada de un nuevo año trae consigo una serie de aumentos que impactan el bolsillo de millones de Colombianos. Normalmente el Gobierno Nacional define algunos ajustes y cifras con las que rubros y servicios tienden a aumentar de precio. Uno de ellos, por ejemplo, es el salario mínimo, que fue ajustado a finales de diciembre del 2024 y que quedó en $1.623.000 para el 2025, un incremento de 9,53%.
Sin embargo esa no es la única cifra con la que se ajustan los precios de bienes y servicios, pues también se hace con la cifra de inflación al cierre del año, que para 2024 quedó en 5,2%. Uno de los rubros que se ajusta con esta cifra es el precio del canon de arrendamiento.
Es importante recordar que en Colombia, el arriendo es el contrato legal mediante el cual una persona (arrendador) cede el uso temporal de un bien inmueble, como una vivienda o un local comercial, a otra persona (arrendatario) a cambio de un pago periódico, conocido como canon de arrendamiento.
El valor de dicho servicio debe ser ajustado de manera anualizada, para garantizar que el poder adquisitivo de los participantes del contrato se mantenga.
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¿Cómo calcular el aumento del arriendo en Colombia para 2025?
Pese a que ya se conoce cuál fue el cierre de la inflación o el IPC, que fue de 5,2% como se mencionó anteriormente, es importante que conozca la ecuación que debe realizar. Tenga en cuenta que este año su arrendador no puede aumentarle más de 5,2%.
La fórmula es la siguiente:
- Valor del arriendo X 5,2% = Valor que tiene que aumentar
Puede guiarse con el siguiente ejemplo práctico. Si su arriendo inicial es de $1.500.000 y usted multiplica este valor por 5,2%, el resultado será $78.000. Es decir, este último valor es el incremento que usted debe sumar al valor del arriendo base, por lo que el nuevo precio que deberá asumir el arrendatario es de $1.578.000.
Tenga en cuenta que si el propietario del inmueble decide aumentarle el arriendo más de lo permitido o lo hace fuera del tiempo permitido, usted puede hacer una denuncia formal ante las autoridades, más exactamente ante la Secretaría de Hábitat y presentar una queja escrita. Si se comprueban los hechos, el arrendatario podría ser multado por la Superintendencia Financiera.
Tenga en cuenta que el aumento solo se podrá realizar en el momento en que usted cumpla un año en el lugar del arriendo. Es decir, si usted ingresó en febrero, su arrendador solo le podrá aumentar el valor hasta febrero del siguiente año.
De ninguna manera podrá hacerlo a inicio del año o luego de que se publique la cifra. La fecha de aumento depende de la fecha del inicio del contrato.