Política
SEMANA revela las cartas del ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, a la Corte Constitucional por el ‘decretazo’. Esto le pidió
Están dirigidas al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ponente de la consulta popular en la Corte Constitucional.

El ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, le envió dos cartas al magistrado y presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, ponente de la consulta popular en ese tribunal. SEMANA conoció el contenido de las misivas fechadas el 13 y 16 de junio.
En una de ellas, el ministro Montealegre solicitó al magistrado Ibáñez que le pida al Consejo de Estado las demandas presentadas contra el Decreto 639 firmado por Gustavo Petro y sus ministros, con el que se convocó a la consulta popular.
El objetivo del alto funcionario es que sean estudiadas exclusivamente por la Corte Constitucional porque, según su tesis jurídica, es el tribunal competente.

“En mi condición de ministro de Justicia y del Derecho, me permito solicitar que se pida al Consejo de Estado remitir a la Corte Constitucional las demandas presentadas contra el Decreto 639 de 2025″, dice textualmente la misiva.
La solicitud fue hecha porque, según Montealegre, el Gobierno ha tenido conocimiento de la radicación ante el Consejo de Estado de varias demandas contra el Decreto 639 de 2025, “cuyo control corresponde exclusivamente a la Corte Constitucional. Así lo han reconocido expresamente tanto el Consejo de Estado como la Corte Constitucional”.
En la otra carta, el ministro de Justicia le solicitó al magistrado Ibáñez “un reparto por sorteo y de manera independiente de las demandas presentadas contra el decreto presidencial por el cual se convoca a una consulta popular y se dictan otras disposiciones”.

La razón obedece a que en la Casa de Nariño ha surgido una tesis que apunta a que Ibáñez, en su calidad de ponente de la consulta popular, acumularía todas las demandas que existen sobre esa materia en este tribunal y tomaría una sola decisión.
Según el ministro, de acuerdo con el aplicativo de la Corte Constitucional, a la fecha se han radicado ante la Secretaría de la Corte Constitucional, al menos, 11 demandas contra el decreto firmado por Petro y sus más cercanos funcionarios.
Montealegre puso de presente el articulo 3 del Decreto 2067 de 1991, “por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional”, y establece que le “corresponde al presidente de la Corte Constitucional repartir para su sustanciación, los asuntos de constitucionalidad de conformidad con el programa de trabajo y reparto que determine el pleno de la misma”.
También, el artículo 5 de la misma normativa que establece: “La Corte deberá acumular las demandas respecto de las cuales exista una coincidencia total o parcial de las normas acusadas y ajustar equitativamente el reparto de trabajo”.
Según el ministro, “esto no implica que siempre proceda la acumulación de las demandas”.
Montealegre expuso en la carta varios argumentos jurídicos para sustentar su solicitud. “En diversos pronunciamientos, el alto tribunal ha entendido que la acumulación está sometida a diversos requisitos, pero que es posible tramitar procesos similares de manera independiente, sin que opere la acumulación y ello no afecta las garantías procesales”, precisó.
Se desconoce, al menos hasta la tarde de este martes, 17 de junio, la respuesta del magistrado Jorge Enrique Ibáñez.