Política
Petro expidió los primeros tres decretos de la conmoción interior. Se autoriza expropiación administrativa para entrega de tierras
El Gobierno Petro pretende conjurar la crisis de orden público en el Catatumbo.
![Gustavo Petro Presidente de Colombia](https://www.semana.com/resizer/v2/OW7EQL562VDD5KT3UUWJMXMWGY.jpg?auth=06df4ac04f3cd167839d8f3f543c54431cb0a8261803350dbeef4f03e11657d3&smart=true&quality=75&width=1280&height=720)
Tras varios días de que el presidente de la República, Gustavo Petro, expidiera el decreto con la declaratoria de la conmoción interior en el Catatumbo, con la finalidad de superar la crisis de orden público.
Este jueves 30 de enero se conocieron los primeros tres decretos que se desprenden de la conmoción interior; en una de las medidas extraordinarias se avala al Gobierno nacional a una “expropiación administrativa”.
Esa figura se aplicará bajo el enfoque de garantizar la entrega de tierras a las víctimas de desplazamiento forzado y excombatientes, la medida está consagrada en el Decreto 0107 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
“Autorizar la expropiación por vía administrativa en los términos del capítulo VII de la Ley 1523 de 2012 para concluir los procesos en curso de adquisición directa de predios en los programas especiales de dotación de tierras cuando fuese necesario para garantizar los procesos de retorno y estabilización víctima de desplazamiento forzado, así como la reincorporación a la vida civil de excombatientes, en el marco de la grave perturbación del orden público declarada mediante el Decreto 0062 de 2025″, dice textualmente el documento.
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![Decreto expropiación administrativa](https://www.semana.com/resizer/v2/55HMVP3W7ZB3ZEVY7ZERNFDKXI.jpg?auth=725b6de6a47b4caccf8238435b952ee47a769da26334587936d4d7566206b02b&smart=true&quality=75&width=1280&fitfill=false)
En otro de los apartes de los decretos, habla de la adquisición de inmuebles y mejoras requeridos “para conjurar la emergencia declarada gozará, en favor de la entidad pública, del saneamiento automático de cualquier vicio relativo a su titulación y tradición, incluso los que surjan con posterioridad al proceso de adquisición, sin perjuicio de las acciones indemnizatorias que por cualquier causa puedan dirigirse contra los titulares inscritos en el respectivo folio de matrícula inmobiliaria, diferentes a la entidad pública adquirente”, dice la medida.
También expresa que, la las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos “se abstendrán de realizar inscripciones en el folio de matrícula inmobiliaria de los predios rurales de las entidades territoriales de Ocaña, Abrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata, y La Gabarra en el departamento de Norte de Santander, y los municipios de Río de Oro y González en el departamento del Cesar, de aquellos negocios jurídicos dónde no intervenga una entidad pública del orden nacional, durante el periodo de declaratoria de conmoción interior, inclusive de sus prórrogas”.
“También se abstendrá de inscribir cualquier acto administrativo, incluyendo, pero sin limitarse, a aquellos que actualizan linderos, rectifican áreas por imprecisa determinación y de rectificación de linderos por acuerdo”, se desprende de las medias extraordinarias establecidas por el Gobierno Petro en la conmoción interior.
Cabe reseñar que el propio ministro de Hacienda, Diego Guevara, en una reunión que sostuvo con el presidente Gustavo Petro, indicó que el mandatario firmó 10 decretos, los cuales —de acuerdo con el alto funcionario— se irán conociendo en los próximos días.