Política

La encrucijada del registrador Hernán Penagos: ¿acatará el pedido de Petro y convocará votaciones de consulta popular o esperará a la justicia?

En la Casa de Nariño tienen claro que Hernán Penagos tendrá que convocar a votaciones el 7 de agosto de 2025 porque así lo pide el decreto presidencial. Otros juristas piensan lo contrario.

11 de junio de 2025, 10:33 p. m.
Hernán Penagos y Gustavo Petro
Hernán Penagos y Gustavo Petro. | Foto: SEMANA

El presidente Gustavo Petro firmó este miércoles 11 de junio el famoso decretazo, que le permitirá seguir adelante con la consulta popular que le negó la plenaria del Senado por dos votos.

A Petro no le importó el llamado de los expresidentes César Gaviria, Juan Manuel Santos y Álvaro Uribe, quienes le pidieron no polarizar y dividir más al país. Tampoco el pedido de congresistas de oposición e independientes que le exigieron respetar la decisión de un Senado que se atravesó a su consulta.

Mucho menos los conceptos jurídicos de decenas de abogados —algunos de ellos respaldaron su campaña presidencial en 2022—, que le recomendaron evitar el desgaste y no enfrentarse a las cortes.

Eduardo Montealegre, Gustavo Petro y Hernán Penagos.
Eduardo Montealegre, Gustavo Petro y Hernán Penagos. | Foto: FOTO1,: SEMANA/FOTO2: AUTOR ANÓNIMO/FOTO3: SEMANA

Ahora, con el decreto firmado por el presidente, el balón está en manos del registrador nacional, Hernán Penagos, quien tendrá que decidir si acata el llamado del presidente y convoca a las votaciones el 7 de agosto de 2025, como dice el decreto, o si, al contrario, prefiere esperar y analizar qué resuelven el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, hasta donde llegarán una cascada de tutelas y demandas contra el decreto.

Se avecina un fuerte choque de trenes entre ambos tribunales.

“La organización electoral garantizará el cumplimiento de los principios de la administración pública y el normal desarrollo de la votación del mecanismo de participación ciudadana a que se refiere este decreto, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015, así como las demás normas aplicables”, se lee en el artículo 3 del decreto.

Eduardo Montealegre
Eduardo Montealegre. Foto: Juan Carlos Sierra-Revista Semana. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO-SEMANA

“Por conducto del Ministerio del Interior se debe comunicar al registrador nacional del Estado Civil la convocatoria de la consulta popular dispuesta en el presente decreto, con el objeto de que adopte las medidas pertinentes”, añade.

¿Qué hará el registrador Hernán Penagos? El jefe del organismo electoral ha guardado prudencia, no se ha referido el tema y públicamente se desconoce qué camino tomará.

El equipo jurídico de la Registraduría examina con lupa el mejor escenario. No obstante, el ministro de Justicia designado, Eduardo Montealegre, le anticipó a SEMANA que Hernán Penagos tiene que convocar las votaciones con el decreto presidencial. De lo contrario, se expondría a procesos judiciales en su contra.

“El registrador Hernán Penagos tiene la obligación de cumplir el decreto del presidente. El decreto tiene fuerza vinculante, y el registrador no puede dejar de aplicarlo”.
“El registrador Hernán Penagos tiene la obligación de cumplir el decreto del presidente. El decreto tiene fuerza vinculante, y el registrador no puede dejar de aplicarlo”. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO / SEMANA

SEMANA le preguntó al nuevo ministro qué pasará si el registrador Penagos advierte que solo convocará a los colombianos a las urnas hasta que se pronuncien las cortes.

“No podría hacerlo. El registrador Penagos tiene la obligación de cumplir el decreto del presidente. El decreto tiene fuerza vinculante y el registrador no puede dejar de aplicarlo. El hecho de que existan demandas contra el decreto no le permiten al registrador inaplicarlo”, respondió Montealegre.

“Si el registrador se niega a cumplir el decreto del presidente, incurriría en prevaricato y se expone a un proceso penal con consecuencias muy delicadas”, respondió Montealegre.

El exregistrador Alexander Vega, quien además fue magistrado del Consejo Nacional Electoral, dijo recientemente que la salida que tiene la Registraduría “es esperar la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado, si anula, por algún tipo de irregularidad, el concepto desfavorable, pero no se podría expedir el calendario electoral”, enfatizó.

Vega dijo que, conociendo la altura jurídica del registrador Hernán Penagos, “tendría que esperar lo que diga la Sección Quinta del Consejo de Estado”.

SEMANA confirmó que en la tarde de este miércoles 11 de junio, la Registraduría no había sido notificada del decreto presidencial.