Política
Gustavo Petro casa nueva pelea con Álvaro Uribe: “¿Puede rectificar esta calumnia?”
El debate ahora fue suscitado por una misiva de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
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Un nuevo pleito con el expresidente Álvaro Uribe Vélez acaba de casar este sábado, 11 de octubre, el presidente Gustavo Petro.
La historia comenzó con un trino de Uribe en X, en el que cuestionó una circular de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en la que se le pidió a varios medios de revelar sus políticas editoriales y mecanismos para garantizar imparcialidad y veracidad de la información.
“En la libertad democrática se puede discrepar del periodista, del medio también, alegar con ellos, pero nunca censurar”, escribió Uribe en X este sábado.
(En la libertad democrática se puede discrepar del periodista, del medio también, alegar con ellos, pero nunca censurar)
— Álvaro Uribe Vélez (@AlvaroUribeVel) October 11, 2025
¿Intromisión en la prensa? Gobierno Petro pide a medios revelar políticas editoriales y genera alerta https://t.co/UPqSrCDsTl
La respuesta del presidente Petro no se hizo esperar.
“Dije que no volvería a polemizar con condenados por respeto a la juez. ¿Pero cuándo pedí examinar editoriales? Lo pregunto para que evite una denuncia de nuevo por calumnia, ¿puede rectificar esta calumnia?”, dijo también en la red social.
Dije que no volvería a polemizar con condenados por respeto a la juez.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) October 11, 2025
¿Pero cuando pedí examinar editoriales?
Lo pregunto para que evite una denuncia de nuevo por calumnia, ¿puede rectificar esta calumnia? https://t.co/gci0wWHG6B
Esta no es la primera vez que ambos políticos se enfrentan en los estrados por casos de calumnia e injuria. Quizá el caso más recordado es cuando un juez le ordenó a Petro rectificar un señalamiento contra Uribe.
En agosto de 2018, Petro aseguró que “Uribe debió haber estado preso hace tiempos, y por delitos de lesa humanidad”.
Sin embargo, tuvo que rectificar y la manera en la que lo hizo desató otra polémica.
“Precisamente, para hacerle caso a la juez, en el término rectificar, es decir, llevar a la exactitud, leo textualmente”, dijo en una entrevista en vivo con Vicky Dávila días después, mientras sacaba un papel en el que tenía escrito su declaración.
“El señor Pablo Hernán Sierra García, jefe paramilitar del Bloque Cacique Pimpintá y del Bloque Metro, dijo: ‘Pero los fundadores y creadores de lo que terminó llamándose el Bloque Metro son el señor expresidente Álvaro Uribe Vélez y Santiago, su hermano’”, aseveró.
Lo que hay detrás de la nueva polémica
Al margen de esta pelea, ¿qué hay detrás en este nuevo pleito que casó Petro?
Varios medios denunciaron que la Comisión de Regulación de Comunicaciones les pidió a algunos, como La W, revelar sus políticas editoriales y mecanismos para garantizar imparcialidad y veracidad de la información.
Ante esta situación, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) se mostró preocupada y dijo: “Este tipo de requerimientos ponen en duda los límites de su competencia y afectan la libertad de prensa”.
Este es el comunicado
Desde la FLIP vemos con preocupación la carta enviada por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) a distintos medios de comunicación, mediante la cual formula un requerimiento oficial de información con la advertencia de posibles sanciones administrativas, solicitando documentos internos sobre sus procesos editoriales, como actas, relatorías y manuales. Este tipo de requerimientos, provenientes de una entidad del Estado con funciones de inspección y vigilancia, plantean serias dudas sobre los límites de su competencia y sobre la garantía efectiva de la libertad de prensa.
Si bien entendemos que la CRC tiene entre sus funciones analizar el pluralismo informativo y promover la calidad y diversidad de los contenidos audiovisuales, las solicitudes formuladas en este requerimiento exceden ese mandato y avanzan sobre ámbitos que están constitucionalmente protegidos por la libertad de prensa y la reserva periodística. El pluralismo y la imparcialidad son principios orientadores de la democracia que deben garantizar la coexistencia de múltiples voces y perspectivas, no la supervisión o el escrutinio estatal sobre cómo se toman las decisiones editoriales dentro de los medios.
El artículo 20 de la Constitución Política reconoce la libertad de expresión y una de sus dimensiones es la libertad de prensa, entendida como una garantía esencial del derecho colectivo a recibir información. A su vez, el artículo 73 establece que la actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad, y el artículo 74 protege el secreto profesional, que incluye aquel ejercido por periodistas y sus fuentes, y lo declara inviolable.
En este sentido, peticiones como las que hace la CRC, relativas a relatorías, actas y mecanismos de decisión editorial, constituyen una forma de censura indirecta. Primero, porque en esos espacios pueden discutirse temas amparados por la reserva de fuente, protegida constitucionalmente. Segundo, porque exigir su entrega afecta la autonomía editorial y genera un efecto inhibidor sobre la deliberación interna, que es indispensable para el ejercicio libre del periodismo.
La prensa debe ser libre para garantizar el principio democrático que busca preservar. Si bien la CRC puede sostener que estas solicitudes se enmarcan en un esfuerzo por diagnosticar el estado del pluralismo y la imparcialidad informativa —principios también reconocidos por la Constitución—, desde una perspectiva de proporcionalidad constitucional, aunque el fin que persigue es legítimo, los medios empleados resultan desproporcionados, inadecuados y potencialmente lesivos para la libertad de expresión, la libertad de prensa y la protección de las fuentes. Existen mecanismos menos invasivos y más idóneos para alcanzar ese mismo propósito sin afectar derechos fundamentales ni vulnerar la autonomía de los medios.
Por ello, hacemos un llamado a la CRC a retirar la carta enviada a los medios de comunicación y en la posible reformulación de la misma abstenerse de realizar solicitudes que involucren información protegida por la Constitución. Asimismo, instamos a la CRC a no imponer sanciones administrativas a los medios que, en ejercicio de su libertad de prensa y del secreto profesional, decidan no entregar dicha información.
Asimismo, la FLIP enviará una comunicación formal a la CRC para solicitar explicaciones sobre el alcance y sentido de este requerimiento, y reiterar las preocupaciones aquí expresadas, con el propósito de promover un diálogo institucional que garantice el respeto a la libertad de prensa y la reserva periodística en el desarrollo de las funciones de la Comisión.
El debate sobre el pluralismo y la confianza en los medios es necesario y debe promoverse, pero solo puede darse desde el respeto a la autonomía de la prensa, la independencia de los periodistas y los límites constitucionales que protegen la libertad informativa.