Politíca
Esta es la ponencia de la reforma laboral que apoya el gobierno de Gustavo Petro
Tanto el ministro del Interior como el de Trabajo, celebraron la radicación de la senadora Aida Avella en la Comisión Cuarta del Senado de la República.

Mediante una publicación en su cuenta de X, la senadora del Pacto Histórico, Aida Avella, confirmó que ya se radicó la ponencia alternativa para la reforma laboral en la Comisión Cuarta del Senado. La diligencia fue celebrada y apoyada tanto por el Ministro del Interior, Armando Benedetti, como por el de Trabajo, Antonio Sanguino.
La ponencia de la Reforma Laboral alternativa, que promueve los cambios reales para el pueblo trabajador y sus derechos, ha sido radicada en la Comisión Cuarta. pic.twitter.com/c5RHk1sW1S
— Aída Avella (@AidaAvellaE) May 26, 2025
“La ponencia de la Reforma Laboral alternativa, que promueve los cambios reales para el pueblo trabajador y sus derechos, ha sido radicada en la Comisión Cuarta”, señaló la congresista en el trino que acompaña el documento oficial.
El documento, que está dirigido a la senadora Angélica Lozano, presidenta de la Comisión Cuarta, señala que tiene como objetivo plantear modificaciones “parciales a las normas laborales y adoptar una reforma laboral para el trabajo decente y digno en Colombia”, de cara al primer debate de la reforma que tendrá lugar en el transcurso del día.
“La estabilidad debe respetarse y nuestros jóvenes deben tener pensión de jubilación. Las madres comunitarias requieren un reconocimiento especial, los trabajadores del transporte de personas y cargas no pueden ser excluidos (...) Defenderemos los derechos de todos los trabajadores del campo, de la ciudad, los informales, los jóvenes, las mujeres. Lo que nos quitaron gobiernos anteriores debe volver”, insistió Avella en su publicación.
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Dentro de las modificaciones planteadas por la congresista está el artículo 34 que se refiere a la monetización de la cuota aprendizaje: “Las empresas obligadas a cumplir la cuota de aprendizaje de acuerdo con los artículos anteriores tendrán que cancelar al SENA un valor mensual que corresponderá a dos (2) SMMLV por cada aprendiz que no contraten. En caso de que la monetización sea parcial esta será proporcional al número de aprendices que dejen de hacer la práctica para cumplir la cuota mínima obligatoria”.
Por otro lado, la ponencia alternativa, señala que los recursos de la monetización se destinarán en un 50% específicamente a apoyos destinados a las y los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
“Como un estímulo para favorecer su permanencia en los procesos formativos. El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), establecerá los programas de apoyos que se requieran, dando prioridad a las y los aprendices que se encuentren en situación de pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad y adoptará los enfoques diferenciales necesarios para asegurar que los apoyos sean destinados a los segmentos de aprendices con mayor riesgo de deserción. Estos apoyos serán de hasta un (1) SMMLV por mes. El 50% restante de los recursos”. señala lo publicado por Avella.

Finalmente, el documento se refiere al artículo 16, sobre la remuneración en días de descanso obligatorio. “Modifíquese el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así. Primero: El trabajo en día de descanso obligatorio o días de fiesta se remunera con un recargo del ciento por ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.
Segundo: “Si con el día de descanso obligatorio, coincide otro día de descanso remunerado, solo tendrá derecho el trabajador, sí sí trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior. Se entiende que el trabajo en día de descanso obligatorio es ocasional cuando el trabajador o trabajadora labora hasta dos (2) días de descanso obligatorio durante el mes calendario. Se entiende que el trabajo en día de descanso es habitual cuando el trabajador o trabajadora labore tres (3) o más de estos durante el mes calendario”.