Política
El rompecabezas que está armando el gobierno Nacional para controlar zonas rurales de Cundinamarca y otros departamentos
Una estrategia que se ha gestado desde el Minagricultura y Minambiente tendría como objetivo materializar, por debajo de cuerda, la reforma agraria de Petro y condicionar al control central el uso de las tierras productivas.

El Gobierno Nacional ha encontrado la manera de implementar puntos clave de sus fallidas reformas mediante decretos y resoluciones y ha entendido cómo usar el poder de los ministerios para lograr su objetivo.

Así lo han venido haciendo desde el Ministerio de Agricultura y el de Ambiente con la creación de dos instrumentos que se convirtieron en los caballos de Troya para la materialización de algunos ejes clave de la reforma agraria y que están amparados por el Plan Nacional de Desarrollo de la era Petro.
Por un lado, está la ministra Martha Carvajalino, de Agricultura, que tiene bajo su control la implementación de un instrumento conocido como las Áreas para la Producción de Alimentos (APPA), que, a su vez, busca la modificación del modelo económico de producción del país y da lineamientos y determinantes inflexibles para el uso vocacional de los suelos; y, por otro lado, lo que empezó con la exministra Susana Muhammad, de Ambiente, que está relacionado con el texto que pretendía establecer lineamientos ambientales para reordenar territorialmente la sabana de Bogotá y otros 40 municipios aledaños.

Aunque en un principio pareciera no representar ningún problema, lo cierto es que la aplicación de esas dos figuras tiene serias implicaciones para la autonomía territorial de los municipios, pues impacta de frente los Planes de Ordenamiento Territorial y los supedita a normas de máxima autoridad que vendrían siendo las APPA y las Zonas de Protección para la Producción de Alimentos (ZPPA), lo que quebranta el poder de determinación de los municipios, gobernaciones y alcaldías.
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María Carolina Castillo, presidenta de ProBogotá, explica que las APPA son un instrumento que impone una planificación centralizada desde el gobierno nacional y que le dice, a partir de estudios de la UPRA (Unidad de Planificación Rural Agropecuaria), qué debe hacer el titular de la tierra con su suelo.

“Les impone lo que pueden producir, eso sin consideración del mercado económico en el que se desarrolla la actividad, de las inversiones previas y de la voluntad del titular de la tierra y tampoco reconoce si esa es la actividad más rentable en esa zona”, aseguró.
De la misma manera, explican desde ProBogotá que la política pública empujada por el Minagricultura está complementada con lo hecho por la cartera de Ambiente, en la que modificaron el artículo 10 de la Ley 338, que otorga a las APPA y ZPPA “prelación jerárquica normativa” en el ordenamiento territorial y que las hace “incontrovertibles, incuestionables, no se concertan y excluyen de esa discusión al responsable del ordenamiento de la tierra, que es el municipio a través del alcalde y el concejo municipal”, dijo Castillo.
De esa manera, ambas fórmulas de las dos carteras están formando un “rompecabezas” entre el suelo de protección ambiental y el suelo agropecuario para limitar el uso de los terrenos con vocación de expansión, como por ejemplo lo que está pasando con los terrenos de la sabana de Bogotá a los que pretenden cambiarle la totalidad de su vocación.

Pero la situación con los lineamientos ambientales y los agropecuarios no es nueva. De hecho, desde ProBogotá ya habían alertado sobre las implicaciones de la aplicación de los dos instrumentos.
Por ejemplo, aseguran que el diagnóstico con el que se dictaron los lineamientos ambientales es “impreciso y conduce a una lectura parcial del territorio”, además de “tener una limitada comprensión del rol funcional de las ciudades” y “entender la política ambiental como un elemento aislado de la planeación urbana y las dinámicas socioeconómicas de los municipios”.
Ahora bien, esto no es solo una visión de los expertos, analistas o de inversionistas y desarrolladores; la Procuraduría General de la Nación también emitió un concepto en el que explican por qué la resolución que constituye las APPA es inconstitucional.

Por un lado, dice el ministerio público que las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) violan la Constitución al imponer unas restricciones en los territorios sin una ley previa.
“En la implementación de esta normativa se violan derechos fundamentales como el derecho a la propiedad privada, el trabajo y la libertad económica. Al no contar con una ley previa que habilite la implementación de las APPA, se está violando el artículo 150 de la Constitución”, advierte la Procuraduría.
De la misma manera, explica que el Ministerio de Agricultura no tiene la potestad de crear figuras restrictivas por decreto. Para crear una resolución como las APPA, la medida debe ser avalada por el Congreso de la República y eso es algo que, hasta el momento, no ha ocurrido.
Aunque el documento de la Procuraduría es más extenso, también denota de manera significativa el hecho de que la entrada en vigor de las APPA pone un bloqueo indirecto a las actividades económicas de las zonas y desconoce el ordenamiento territorial.
“Estas resoluciones han servido, por ahora, para suspender proyectos productivos y títulos mineros sin otorgar ninguna compensación ni respetar los derechos adquiridos a los proyectos ya establecidos”.
Finalmente, el ministerio público asegura que, contrario a la narrativa del Gobierno Nacional, las APPA “debilitan el equilibrio entre conservación ambiental y desarrollo sostenible” y que, aunque apoya la protección ambiental, también exige unas garantías democráticas y jurídicas que no están claras en el proyecto de la Nación.
“En la estructuración de las APPA se afecta la seguridad jurídica del país y ponen un obstáculo en la transición energética y el desarrollo territorial con un enfoque sostenible”.