Política

Álvaro Uribe advierte que el fast track es inconstitucional y asegura que esa iniciativa del Gobierno tiene actores “ocultos”, pero conocidos

El expresidente aseguró que esa metodología viola la Constitución.

15 de julio de 2024
Durante un conversatorio en Cali para jóvenes, el expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue sorprendido con un pastel de cumpleaños.
Durante un conversatorio en Cali para jóvenes, el expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue sorprendido con un pastel de cumpleaños. | Foto: Jorge Orozco

El expresidente Álvaro Uribe aseguró que el fast track que quiere aplicar el presidente Gustavo Petro para el trámite de proyectos en el Congreso es inconstitucional.

Esa aseveración la hizo el exmandatario en su cuenta de X detallando que ese sistema fue creado como una forma de “violar” los parámetros establecidos por la Constitución de 1991.

El exjefe de Estado señala que “el fast track es inconstitucional. El fast track, procedimiento abreviado, de menor cantidad de debates adoptado por el Congreso para la modificar la Constitución durante el Acuerdo con la Farc, se constituyó en un abuso violador de la Constitución”.

El presidente Petro confirmó su intención de volver a aplicar esa medida en el país durante un discurso que pronunció durante la semana anterior en medio de su visita a Naciones Unidas.

Esta consiste en un mecanismo para agilizar el trámite legislativo de los proyectos en el Congreso y se aplicó en medio de las conversaciones de paz con la guerrilla de las Farc. Ahora, su Gobierno quiere aplicar esa misma medida.

“Un procedimiento de fast track nos llevaría a reducir los plazos del tiempo para cumplir con efectividad el Acuerdo de Paz firmado. Lo vamos a presentar a la sociedad colombiana y al Congreso, pero quisiéramos dejarlo aquí, refrendado ante ustedes”, dijo el presidente Petro el pasado jueves (11 de julio).

Sin embargo, el presidente Uribe recordó que es “imposible aceptar la exequibilidad del Fast Track si además se tiene en cuenta que la Constituyente del Presidente Alfonso López Michelsen fue declarada inexequible por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia”.

El exmandatario recordó que cuando el Congreso aprobó una ley que le permitía reformar la justicia y el ordenamiento constitucional, medida que se efectuó durante la administración del expresidente Alfonso López Michelsen, la Corte le recordó al Legislativo que ese punto no estaba entre sus competencias.

Imposible aceptar la exequibilidad del fast track si además se tiene en cuenta que la Constituyente del Presidente Alfonso López Michelsen fue declarada inexequible por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. En efecto, de acuerdo con el Plebiscito que regía antes de la Constitución de 1991, el Congreso tenía la competencia exclusiva para Reformar la Constitución. Por iniciativa del Presidente López Michelsen el Congreso aprobó convocar una pequeña Asamblea Constituyente para reformar la Justicia y el Ordenamiento Territorial”, escribió el expresidente Uribe.

En esa misma publicación recordó que “la Corte dijo que el Congreso no podía delegar su competencia de reformar la Constitución. Eso significó que los instrumentos, o el procedimiento, que la Constitución le señalaba al Congreso para ejercer su competencia de modificación Constitucional, no podían ser variados por el Congreso”.

El fast track es un mecanismo que agiliza el trámite legislativo de los proyectos que fue el que le permitió al Gobierno de Juan Manuel Santos agilizar la discusión de esos temas en medio de las conversaciones de paz que llevaba a cabo su administración con las Farc.

    En 2016, Juan Fernando Cristo fue el encargado de tramitar el fast track que creó la normatividad para el acuerdo de paz. Ocho años después, aspira a lograr el mismo objetivo, aunque en circunstancias totalmente diferentes.
En 2016, Juan Fernando Cristo fue el encargado de tramitar el fast track que creó la normatividad para el acuerdo de paz. Ocho años después, aspira a lograr el mismo objetivo, aunque en circunstancias totalmente diferentes. | Foto: Presidencia

En ese periodo presidencial quien ejerció como ministro del Interior fue Juan Fernando Cristo, quien fue recientemente nombrado por el presidente Petro para llevar las riendas de la cartera política del país.

“La Asamblea Constitucional de 1991, elegida por el pueblo, Constituyente Primario, delegó en el Congreso la posibilidad de modificar la Constitución promulgado ese año. También definió un procedimiento que exigía 8 debate. Sin embargo, el Congreso, por iniciativa del Gobierno, redujo el número de debates para facilitar la Reforma Constitucional. Esto es, el Congreso, como mandatario para reformar la Constitución, se apartó de las reglas que le definió el mandante, el Pueblo, a través de la Asamblea Constitucional. Y los ocho debates tienen la razón de exigir que cualquier Reforma Constitucional tenga más estudio, controversia, reflexión, que la simple aprobación de la ley”, agregó el expresidente Uribe detallando las implicaciones de esa iniciativa.

Con esos antecedentes, el expresidente Uribe fue tajante al advertir que: “Y ahora otra vez con el dañino fast track, con los mismo actores y otros ocultos”. Que este pueda aplicarse dependerá de la aprobación de un proyecto de ley en el Congreso que presentará el Gobierno a partir del 20 de junio.