Viajar con mascotas

Ahora sí, tu perro podrá viajar junto a ti en la cabina del avión

Tras varias reuniones, la Aeronáutica Civil estableció el nuevo reglamento que debe regular el transporte de animales de compañía a nivel nacional e internacional.

22 de marzo de 2017
Getty Images

Partiendo de lo problemático que puede llegar a ser el viajar en avión con una mascota, se ha llegado a un acuerdo con las aerolíneas, quienes desde ahora deberán regirse por el nuevo reglamento que fue acordado teniendo en cuenta los avances en esta coyuntura alrededor del mundo.

Alfredo Bocanegra, director de la Aerocivil, especificó en la última jornada de socialización de la nueva reglamentación, que hemos evolucionado a lo que él llama “Sociedades compasionales”, por lo que  hay que entender que los perros hace tiempo dejaron de ser usados como animales de protección. Hoy en día, conforman activamente una familia, lo que hace necesario velar por la calidad en su trato en todo ámbito.

¿Qué cambió?

Por otra parte, Oscar Imitola, jefe de transporte aéreo de la Aeronáutica Civil, se encargó de explicar los cambios que se llevaron a cabo tras esta última reunión:

“Nosotros lo que hicimos fue estandarizar unas condiciones, es decir, anteriormente había una norma, referida en el numeral 310-311, que le daba la facultad a las aerolíneas de establecer unas políticas internas. Esto se prestaba para confusiones de los viajeros, ya que, dependiendo de la aerolínea con la que viajabas, cambiaba el tema del tamaño, la edad, el peso y el contenedor”

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Lo que se estableció, en consenso con las empresas de transporte aéreo de personas, es que ahora todas deben regirse bajo la resolución número 00675 del 2017, que impone, entre otros, los siguientes parámetros:

  • La mascota debe tener una edad mayor a 8 semanas (2 meses)
  • Se debe presentar el carné de vacunación actualizado y con la firma de un veterinario registrado.
  • Al tratarse de un vuelo internacional, adicionalmente se deben presentar un certificado firmado por un médico veterinario, que garantice el buen estado de salud del animal. Además, se debe realizar una inspección a tu mascota por parte de las autoridades competentes.
  • No es recomendable que se realicen viajes transoceánicos con mascotas, debido a las consecuencias que esto pueda acarrear para la salud de los animales, por el tiempo prolongado del viaje.
  • Dentro del aeropuerto, tu perro debe ir con su trailla. El bozal será requerido a las razas especificadas en el Código Nacional de Policía.
  • Todas las mascotas deben ingresar al avión con guacal.
  • Las aerolíneas deben permitir el ingreso de mascotas a la cabina para que viaje junto con su dueño, siempre y cuando el peso ponderado entre el animal y el guacal no superen los 10 kilogramos.
  • El guacal debe ser proveído por el dueño del perro o gato, a no ser de que la empresa de transporte aéreo ofrezca el servicio de alquiler de estos comportamientos.
  • El lugar donde viaje tu mascota debe ser bajo la silla que esté enfrente tuyo, por lo que es obligatorio que el guacal sea de material flexible, para que se pueda acomodar al espacio del avión.
  • Bajo ninguna circunstancia el animal debe quedar ubicado de tal manera que obstruya una salida de emergencia, o que genere incomodidades a los demás pasajeros.   
  • La apertura del guacal dentro del avión debe ser realizada bajo la supervisión y autorización de la tripulación de la aerolínea.
  • Se debe tener en cuenta la raza del animal, para definir si este viaja en cabina o en compartimento de carga, haciendo referencia a las razas consideradas potencialmente peligrosas.
  • Si tu mascota presenta comportamientos que puedan alterar la tranquilidad de los otros pasajeros, la aerolínea es libre de ordenar su transporte en la bodega de equipaje.
  • Lo ideal es que por pasajero solo viaje una mascota. En una aeronave con una capacidad de 100 o menos pasajeros, lo ideal es que solo viajen cuatro animales. Cuando el número de sillas sea mayor a 100, podrán abordar seis animales de compañía.

**Fotografías: 123 RF

¿Qué pasa con los perros lazarillos?

Tanto para el director de la Aerocivil, como para el jefe de transporte aéreo, es primordial tener en cuenta que hay personas que poseen condiciones especiales físicas o mentales, que tienen la necesidad de mantenerse junto a su perro entrenado para identificar episodios críticos o para guiarlos en su camino.

Por ende, dice  Oscar Imitola, “En este caso en particular establecimos en la resolución el Literal B, que establece el trato a los perros lazarillos, a los animales guías entrenados y a los animales denominados ‘de soporte emocional’, que deben tener un trato distinto, es decir, como son de razas tipo Labrador, no pueden ir en guacal, tienen que ir afuera cumpliendo unas condiciones de correa, collar y algunos casos con bozal, si así lo amerita la raza.”

Estos guías de 4 patas también deben portar la certificación pertinente, a la que se debe sumar un documento que respalde médicamente que el dueño del perro padece algún tipo de enfermedad que amerite el uso de un lazarillo. “Si la limitación es de tipo emocional o psicológica, el certificado debe ser firmado por un psiquiatra que establezca su condición y así mismo la necesidad del animal.

Los perros lazarillos pueden acompañar a su dueño bajo esas condiciones, ocupando un espacio donde no dificulten el acceso a las salidas de emergencia, pero sí frente a su dueño o en el pasillo.

En colombia, como hay libertad tarifaria, las aerolíneas tienen la facultad de fijar los precios que consideren adecuados para el transporte de mascotas, que según dijo Imitola, se manejan en un rango de los $60.000 pesos colombianos.

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