Hay derrotas que se aceptan y hay derrotas que se administran, exprimiéndolas hasta que rindan algo de rédito político. Iván Cepeda eligió la segunda opción. El 30 de junio, apenas días después de que el país conociera el resultado de la segunda vuelta, anunció que si Abelardo De La Espriella no renunciaba a su ciudadanía estadounidense entraría en “desobediencia civil” y que su posesión, prevista para el 7 de agosto, sería “ilegal e ilegítima”. Lo dijo con la solemnidad de quien invoca un principio superior. Lo cierto es que invocaba una tesis que ya había sido revisada, discutida y descartada por las autoridades competentes tres semanas antes de que él decidiera resucitarla ante los micrófonos, como quien saca del cajón un argumento que ya perdió, con la esperanza de que nadie se acuerde de que ya perdió.
Empecemos por lo verificable, que es lo único que no se negocia en una discusión seria.
El 9 de junio el Consejo Nacional Electoral recibió una solicitud de revocatoria de la inscripción de De la Espriella basada en su doble nacionalidad. El CNE resolvió, con fundamento probatorio directo, que De La Espriella nació en territorio colombiano de padres colombianos, condición que la Constitución reconoce en su artículo 96 como colombiano por nacimiento. Esa calidad activa una excepción expresa, contenida en el numeral 7 del artículo 179, que exime a los nacionales de origen de la inhabilidad que sí aplicaría a un colombiano por adopción. El régimen de inhabilidades presidenciales del artículo 197 remite precisamente a ese artículo 179. No hay ambigüedad interpretativa posible, hay una excepción escrita con nombre propio para este escenario exacto. El CNE lo dijo sin rodeos, textualmente, que quedó acreditado que De La Espriella nació en Colombia, de padres colombianos y que no existe fundamento jurídico que permita acceder a las solicitudes de revocatoria contra su candidatura.
La Corte Constitucional ya había fijado la doctrina en 1997, en la Sentencia C-151, al establecer que adquirir otra nacionalidad no despoja a un colombiano de origen de sus derechos políticos ni de la posibilidad de ejercer cargos públicos. Casi treinta años de jurisprudencia estable. El 1 de julio, el Tribunal Superior de Bogotá negó una tutela que pretendía revivir el debate y lo hizo citando exactamente esa arquitectura normativa. Dos instancias, un tribunal electoral y una sentencia de constitucionalidad, todas coincidiendo en lo mismo. Cuando la ley habla con esa claridad, seguir agitando la pregunta ya no es ejercicio jurídico, son patadas de ahogado.
Aquí conviene rematar con el argumento que Iván Cepeda prefiere esquivar, el que viene de la propia Constitución de Estados Unidos y su jurisprudencia. El juramento de naturalización estadounidense incluye una cláusula de renuncia a lealtades extranjeras, cierto. Pero esa cláusula no nació para prohibir la doble nacionalidad. Su origen se remonta a 1795, cuando fue concebida como respuesta a la doctrina británica de la “lealtad perpetua”, según la cual un súbdito no podía desligarse jurídicamente de la Corona. Por eso, ese juramento, por sí solo, no constituye un impedimento para que Abelardo De La Espriella pueda posesionarse como presidente de Colombia, ni elimina los derechos que la Constitución colombiana les otorga a los colombianos por nacimiento.
Precisamente por eso, la Corte Suprema de Estados Unidos dejó claro hace décadas, en el caso Kawakita v. United States (1952), que una persona puede ostentar simultáneamente la nacionalidad de dos países, ejercer los derechos derivados de ambas y quedar sujeta a las obligaciones que cada una impone. Ni el Departamento de Estado ni la ley estadounidense exigen que un naturalizado pierda su nacionalidad de origen, y la pérdida de la ciudadanía de nacimiento solo ocurre cuando existe una intención específica y voluntaria de renunciar a ella, algo que debe probarse, no presumirse ni fabricarse en un comunicado de prensa. Es decir, ni la Constitución colombiana ni la estadounidense, leídas con rigor y no con conveniencia, respaldan la tesis de Cepeda. La construyó sobre dos ordenamientos jurídicos que dicen exactamente lo contrario de lo que él necesitaba que dijeran.
Vale la pena, además, una ironía que Cepeda prefiere no mencionar en sus intervenciones. Gustavo Petro también tiene doble nacionalidad, italiana en su caso, y nadie construyó sobre eso una teoría de deslegitimación presidencial. La diferencia no está en la Constitución, que trata a todos los colombianos de nacimiento igual. La diferencia está en quién conviene que la pregunta se haga y cuándo.
Ahora entramos en el terreno de la opinión, que también merece decirse con toda claridad para no confundirla con el hecho ya zanjado.
Cepeda perdió la segunda vuelta por unos 250.000 votos, una diferencia contundente en un país de más de 25 millones de votantes. No hubo fraude declarado por ningún organismo, no hay proceso judicial que haya anulado el escrutinio. Lo que hay es una controversia jurídica ya resuelta, dos veces, que un excandidato decidió reabrir públicamente semanas antes de una posesión presidencial, con la palabras “ilegítima” y “viciada” en la boca y la promesa de desobediencia civil como amenaza de fondo. Eso es una apuesta calculada para erosionar la investidura de un Gobierno antes de que arranque, para que cada decisión que tome De La Espriella cargue de entrada con la sombra de la duda que Cepeda sembró sabiendo que no tenía piso jurídico.
Eso no es un matiz retórico en un país que arrastra seis décadas de conflicto armado y una desconfianza institucional crónica. Llamar ilegítimo a un presidente electo, sin sustento normativo vigente, es munición barata que cualquiera puede recoger para justificar bloqueos, hostigamiento o el clásico y conocido libreto de hacer invivible la posesión de quien no les ganó a ellos, sino a las urnas. Vale la pena anotar, porque también es un hecho verificable, que sectores de izquierda y cercanos al propio Pacto Histórico cuestionaron a Cepeda por esta salida, precisamente por el riesgo de parecer un mal perdedor disfrazado de principio democrático. La crítica no vino solo de la orilla contraria, vino también de su propia gente, que es donde más debería doler.
Es claro que el presidente electo De La Espriella tendrá que gobernar un país fracturado y, en buena parte, manipulado por una extrema izquierda que no ha superado el trago amargo de perder en las urnas, pero ganó limpio y con eso le sobra legitimidad para gobernar. Para ellos no aplica que la forma correcta de fiscalizar a un presidente es la oposición dentro de las reglas, el control político, el debate en el Congreso, la denuncia cuando haya mérito. Ese es el orden. Pero se mueven a través de la violencia; de la resurrección de controversias jurídicas ya cerradas dos veces, para sembrar la idea de que el poder que asume no tiene derecho a asumirlo, y para que cualquiera con ganas de incendiar las calles tenga una frase prestada de un desadaptado social y agitador, la cual citar como justificación.
La democracia colombiana no necesita salvadores que decidan por su cuenta qué posesión es legítima y cuál no. Necesita jueces que fallen con la ley en la mano, autoridades electorales que se respeten aunque incomoden y dirigentes capaces de perder sin convertir la derrota en una causa. La Constitución colombiana ya habló sobre la doble nacionalidad, y la estadounidense, leída con seriedad, dice lo mismo. Hablaron claro, hablaron dos veces cada una, y no dejaron espacio para la ambigüedad que algunos insisten en fabricar.
La democracia se defiende con eso, con la norma, con la verdad verificable y con el respeto a lo que las instituciones ya decidieron. No con discursos que, bajo el lenguaje elegante de la resistencia civil, terminan sembrando la duda sobre si vale la pena seguir creyendo en las reglas del juego.
