La Guajira

Condenan a José Amiro Morón, exalcalde de La Jagua del Pilar, La Guajira, por fraude electoral

La Fiscalía comprobó su responsabilidad en los hechos.

Gabriel Salazar López

Gabriel Salazar López

Periodista Semana

25 de abril de 2025, 11:32 p. m.
José Emiro Morón y vista de la audiencia.
José Emiro Morón y vista de la audiencia. | Foto: Suministrada a SEMANA.

El juez segundo promiscuo del Círculo de Villanueva, La Guajira, Cristian Camilo López Pontón, profirió este 25 de abril una sentencia condenatoria en contra de José Amiro Morón Núñez, exalcalde del municipio de La Jagua del Pilar, departamento de La Guajira, tras hallarlo responsable del delito de fraude en inscripción de cédulas en el proceso electoral de 2015.

Según el fallo, Morón Núñez fue declarado culpable de “lograr que personas habilitadas para votar inscribieran su cédula de ciudadanía en un municipio diferente al de su residencia o nacimiento, a cambio de incentivos económicos y promesas de beneficios laborales y educativos”, con el propósito de consolidar su victoria en las elecciones locales.

El despacho judicial relató que “durante los años 2014-2015 se constituyó una organización criminal integrada por funcionarios y particulares que orquestaron una campaña política plagada de irregularidades”, en la que participó activamente el hoy condenado.

Entre las estrategias ilícitas utilizadas, destacó “el traslado masivo de jóvenes de municipios vecinos como Valledupar, Villanueva y Urumita, quienes fueron inscritos en el censo electoral de La Jagua del Pilar”.

De acuerdo con los testimonios recogidos en juicio, “a los votantes trasladados les ofrecían sumas de dinero entre 100.000 y 200.000 pesos, así como promesas de becas y contratos”. Varios testigos narraron en estrados cómo fueron incentivados para cambiar su lugar de votación.

La Fiscalía General de la Nación demostró, a través de múltiples testimonios y pruebas documentales, que “el entonces secretario de Hacienda municipal, José Amiro Morón Núñez, lideró y coordinó directamente la estrategia de trashumancia electoral”, lo que permitió su elección como alcalde para el período 2016-2019.

En su defensa, Morón alegó que “no había participado dolosamente en tales actividades y que las irregularidades fueron responsabilidad de terceros”. No obstante, el juzgado consideró que la prueba era “contundente, uniforme y coherente” para derruir su presunción de inocencia.

El despacho explicó que, si bien “los delitos de concierto para delinquir, corrupción al sufragante y constreñimiento al sufragante prescribieron”, el cargo por fraude en inscripción de cédulas “se mantuvo vigente” y permitió que se dictara sentencia condenatoria.

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Foto Guillermo Torres Reina - SEMANA
Elecciones locales. (Imagen de referencia). | Foto: Guillermo Torres / Semana

Durante la audiencia de individualización de la pena, la Fiscalía solicitó una condena en el segundo cuarto de la escala punitiva, mientras que la defensa pidió “imponer la pena mínima y conceder prisión domiciliaria”, alegando el arraigo y la condición de infractor primario de Morón Núñez.

Finalmente, el juzgado ratificó que “José Amiro Morón Núñez, actuando como servidor público, diseñó y ejecutó un esquema para alterar la voluntad popular mediante la inscripción fraudulenta de votantes”, atentando gravemente contra los mecanismos democráticos del país.

La pena impuesta y la definición sobre la solicitud de prisión domiciliaria quedarán en firme una vez la sentencia quede ejecutoriada.

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