Bogotá
Personería de Bogotá denuncia cláusulas abusivas dentro de los contratos de compra de vivienda VIS y VIP: atento a la letra pequeña
La manera como se determinan las sanciones económicas por el presunto incumplimiento de los contratos se encuentra redactada en detrimento de los compradores.


De acuerdo con información entregada por la Personería de Bogotá, durante los últimos 14 meses se han recibido más de 150 quejas relacionadas con los contratos de adhesión para adquirir Vivienda de Interés Social y Prioritario (VIS y VIP), en los que se incluyen las llamadas ‘cláusulas abusivas’ que afectan los derechos de los consumidores.

“Nos dijeron en octubre pasado, cuando apartamos la vivienda con un monto de dinero, que el precio quedaba congelado, pero en enero, sin aviso, ajustaron el valor”, dice una de las quejas.
Este tipo de contratos, según el ente de control, son redactados por una de las partes sin que la otra tenga la posibilidad de discutir los términos que estos incluyen. “Los consumidores firman documentos redactados de manera unilateral, que no conocen de manera suficiente, y terminan asumiendo cargas que no les han sido adecuadamente informadas”, advierte el personero de Bogotá, Andrés Castro Franco.
Por ejemplo, la forma como se determinan las sanciones económicas por el presunto incumplimiento del contrato se encuentra redactada en detrimento de los derechos de los compradores.
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El consumidor debe recibir información acerca de la modalidad en que se pacta, el precio (en pesos o en salarios mínimos) y la posibilidad de que este se incremente con la variación del salario mínimo. También, si la fijación definitiva del valor del inmueble se hará en el momento de suscribir la respectiva escritura.
Así las cosas, dice la Personería que, la Ley 1480 de 2011, por medio de la cual se expidió el Estatuto del Consumidor, establece que son cláusulas abusivas “aquellas que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor”. Y especifica, al respecto, que “los productores y proveedores no podrán incluir cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores.
Ahora bien, en caso de ser incluidas, este tipo de cláusulas serán ineficaces de pleno derecho”. El órgano de control distrital le solicitó a la Secretaría del Hábitat prestarle mayor atención a los contratos que utilizan las constructoras para promover proyectos de vivienda VIS y VIP, de manera que no incluyan cláusulas que vayan en contravía de los derechos de los consumidores.

Hay que recordar que este tipo de situaciones son perjudiciales toda vez que la Secretaría Distrital del Hábitat tiene como prioridad impulsar el sector vivienda y contribuir a la reactivación económica, teniendo en cuenta que, actualmente, el 70 % de las viviendas en Bogotá son Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritario (VIP).
Por esta razón, el Plan de Desarrollo Distrital propuso triplicar los recursos destinados a este sector. La Secretaría del Hábitat trabaja en el diseño e implementación de distintas acciones para lograr la asignación de 75.000 soluciones habitacionales.