Elecciones

Registraduría envía alerta por correos no oficiales sobre designación de jurados de votación, ¿qué pasó?

Los colombianos ya pueden consultar en la página web oficial de la Registraduría si son jurados de votación.

Redacción Semana
6 de octubre de 2023
Le contamos los pasos que debe seguir para conocer si fue designado como jurado de votación.
Le contamos los pasos que debe seguir para conocer si fue designado como jurado de votación. | Foto: NurPhoto via Getty Images

En horas de la tarde de este viernes 6 de octubre, la Registraduría Nacional dio a conocer un comunicado a través de su cuenta de X, con el propósito de alertar a la ciudadanía sobre la circulación de correos electrónicos con información no oficial y que está relacionada con la designación de jurados de votación.

En ese sentido, la entidad le recordó a los ciudadanos la importancia de verificar la autenticidad de la información en su páginas web oficiales.

“Informamos a la ciudadanía que está circulando un correo con información no oficial sobre jurados de votación. Recordamos que en los próximos días podrán consultar en la página web de la Registraduría Nacional si fueron designados como jurados de votación”, indica en primera instancia el comunicado.

Capacitación de jurados de votación.
Capacitación de jurados de votación. | Foto: Tomada de: bogota.gov.co

En las elecciones programadas para el próximo 29 de octubre del presente año, se espera la participación de toda la ciudadanía, debido a que es fundamental para tener un proceso electoral democrático y transparente. En ese orden de ideas, los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 60 años tendrán la posibilidad de ejercer su derecho al voto con el objetivo de elegir a los nuevos gobernantes regionales.

Los colombianos que se encuentren en ese rango de edad tienen la posibilidad de ser designados como jurados de votación y desempeñar un papel vital en las elecciones. Las personas designadas como jurados de votación tienen la responsabilidad de realizar los escrutinios de cada mesa electoral, así como de registrar los resultados obtenidos en los formularios correspondientes.

Cabe mencionar que la Registraduría ha habilitado una plataforma en su página web oficial donde todos los colombianos pueden verificar si han sido seleccionados como jurados de votación para la jornada electoral del 29 de octubre.

El objetivo es asegurar que aquellos ciudadanos designados como jurados de votación cumplan con su responsabilidad cívica el día de las elecciones.

No asistir como jurado de votación puede traer fuertes sanciones económicas de hasta 10 salarios mínimos.
El próximo 29 de octubre, los colombianos saldrán a ejercer su derecho al voto. | Foto: Anadolu Agency via Getty Images

El proceso de selección de los jurados de votación se realiza utilizado un software diseñado por la Registraduría, el cual contiene información precisa sobre entidades públicas, empresas, universidades y establecimientos educativos.

¿Cómo consultar por Internet si debe ser jurado de votación?

Es importante precisar que, a partir del pasado 4 de octubre, cualquier ciudadano colombiano puede consultar de forma virtual si ha sido seleccionado como jurado de votación.

Para conocer si se debe asistir al puesto de votación y prestar dicho servicio el próximo domingo, 29 de octubre, se deben ejecutar los siguientes pasos:

- En primer lugar, hay que ingresar al sitio web oficial de la Registraduría Nacional del estado Civil y seleccionar el apartado dedicado para el jurado de votación.

En el sitio web de la Registraduría hay un espacio para conocer si una persona debe ser jurado de votación
En el sitio web de la Registraduría hay un espacio para conocer si una persona debe ser jurado de votación | Foto: Captura de pantalla https://www.registraduria.gov.co/

En caso de no ser elegido como jurado de votación, el sistema generará un pequeño aviso en donde se le indica al ciudadano que no debe prestar dicho servicio.

Pese a que haya salido el aviso indicando que el ciudadano no fue elegido como jurado de votación, es importante tener en cuenta que, hasta el próximo 14 de octubre, se realizarán los sorteos y respectiva publicación del listado de personas que deben ejercer esa labor.

Por esa razón, se aconseja revisar frecuentemente durante los próximos días el sitio web de la Registraduría Nacional, para así tener la certeza de que no se hace parte de los ciudadanos seleccionados para ser jurados de votación el próximo 29 de octubre.

Las personas seleccionadas como jurado deben presentarse el día y la hora a la que fueron citadas, de lo contrario, podrían recibir una amonestación.

De acuerdo con la Ley 163 de 1994, quienes asistan a la mesa de votación designada sin justa causa podrían ser sancionadas con la destitución del cargo que desempeñen, (en caso de ser un funcionario público). De lo contrario, podrían recibirán una multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.