Judicial

Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional abstenerse de pronunciarse sobre el “decretazo” de la consulta popular

Esto al considerar que no cuenta con la competencia para emitir un pronunciamiento de fondo.

26 de septiembre de 2025, 7:22 p. m.
Visita presidente Gustavo Petro a Cali
El presidente Gustavo Petro anunció en un evento en Cali la convocatoria de la consulta popular. | Foto: Aymer Andrés Álvarez

Pese a que el pasado 20 de junio, el presidente Gustavo Petro anunció públicamente que iba a derogar el polémico “decretazo” con el que buscaba una convocatoria a una consulta popular, la Corte Constitucional siguió con el estudio de las demandas que se habían presentado.

El presidente del alto tribunal, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, aseveró que se seguía con la recolección de pruebas y conceptos para tomar una decisión de fondo ante las acciones que cuestionaban la forma en que se había realizado la mencionada convocatoria.

“Se ordenará a la Presidencia y a la Secretaría General del Senado de la República remitir copia de todas las actuaciones cumplidas en relación con la consulta popular que se convoca mediante el decreto sub examine, desde la presentación de la solicitud de concepto previo y de la justificación que le elevó el Gobierno Nacional, hasta la última de las actuaciones surtidas en esa Corporación”, señaló en su momento el magistrado Ibáñez.

Sin embargo, la Procuraduría General envió una petición en la que pide que la Corte Constitucional se abstenga de seguir con el estudio de este caso, argumentando una falta de competencia y carencia actual de objeto.

Marcha a favor de la consulta popular y de las reformas del gobierno del presidente Gustavo Petro
Marcha a favor de la consulta popular y de las reformas del gobierno del presidente Gustavo Petro | Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA / SEMANA

En la petición firmada por el procurador general, Gregorio Eljach, se solicita a los magistrados de la Corte Constitucional que se inhiban de continuar con el estudio de las demandas y no emitan un pronunciamiento de fondo.

“Tampoco existe objeto material sobre el cual pueda recaer un virtual pronunciamiento de dicha Corporación, por cuanto esta ‘es competente para adelantar el juicio de constitucionalidad sobre normas que se encuentran vigentes o que, si no lo están, se encuentren produciendo efectos jurídicos o tengan el potencial de entrar en vigor’”, argumentó el jefe del Ministerio Público.

Estas citadas condiciones, advirtió, “no se cumplen en el caso bajo estudio, en el cual la derogatoria obedeció a la aprobación de iniciativas legislativas que abordaban de manera integral los asuntos que se iban a someter a consideración del pueblo mediante el mecanismo de consulta popular, tornándola innecesaria”.

Esta petición deberá ser resuelta en los próximos días por el magistrado ponente.

Marchas apoyo a la consulta popular, en el centro de Bogotá
Marchas apoyo a la consulta popular, en el centro de Bogotá | Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA / SEMANA

El presidente Petro había anunciado el retiro de este llamado “decretazo” después de que en el Congreso se avalara la reforma laboral impulsada por el Ministerio del Trabajo.

“El pueblo trabajador de Colombia ha ganado su primera victoria después de 34 años, cuando en la Constitución se ordenó hacer una ley del estatuto del trabajo, orden desde entonces incumplida”, señaló el jefe de Estado en un extenso mensaje en su cuenta de X.

“Como lo dije, dado que la reforma laboral es ley, derogaré el decreto que convoca la consulta popular, que ya no es necesaria. El poder constituido que hace las leyes le obedeció al poder soberano que es el pueblo”, complementó en aquella oportunidad.