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Primo de la primera Dama, Verónica Alcocer, se salvó en el Consejo de Estado. Seguirá como diputado en Sucre

La Sección Quinta analizó una demanda que pedía la nulidad de Mario Alberto Fernánandez Alcocer como diputado del departamento por doble militancia.

4 de abril de 2025, 1:54 p. m.
La primera dama, Verónica Alcocer, y el excongresista Mario Fernández Alcocer.
La primera dama, Verónica Alcocer, y el excongresista Mario Fernández Alcocer. | Foto: @MarioFerAlco y SEMANA

El Consejo de Estado rechazó en segunda instancia la demanda de nulidad electoral que llegó contra Mario Fernández Alcocer como diputado de Sucre para el periodo 2024 - 2027. El funcionario es primo de la primera Dama, Verónica Alcocer.

“En sentencia de segunda instancia del 3 de abril del 2025, se confirmó la negativa de las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentación en contra del acto que declaró la elección del señor Mario Alberto Fernández Alcocer como diputado del departamento de Sucre para el período constitucional 2024-2027″, indicó en un comunicado.

El alto tribunal señaló que su Sección Quinta estudió los alegatos presentados por el demandante, quien indicó que Fernández Alcocer había incurrido en la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo, “al presuntamente haber favorecido la aspiración de la candidata al concejo de Sincelejo Daniela Vergara Guzmán, quien había sido avalada por el partido Conservador Colombiano, es decir una colectividad distinta de aquella en la cual milita el electo diputado”.

    En su trayectoria política Mario Fernández Alcocer ha estado ligado con la familia Char, pero desde el año pasado se volvió petrista y se jacta de ser primo de la primera dama.
Mario Fernández Alcocer. | Foto: @instagram mario alcocer

Una vez valoradas las pruebas aportadas al proceso, la sala determinó que si bien el partido En Marcha, en el cual militaba Fernández Alcocer contaba con aspirantes propios al concejo municipal de Sincelejo, los presuntos actos de apoyo endilgados al diputado “no resultaban suficientes para determinar la configuración de la doble militancia”.

En ese sentido, el tribunal afirmó que no logró determinar que el primo de la primera dama hubiera utilizado distintivos propios de la aspiración de la candidata Vergara Guzmán y, con ello, “adelantara actos concretos e inequívocos en favor de dicha campaña política”.

“En conclusión, la Sección Quinta encontró que no se acreditaron los elementos de la conducta reprochada, por lo que, en consecuencia, confirmó la negativa de las pretensiones de la demanda”, subrayó.