Nación

Presidente Petro tiene 48 horas para eliminar la publicación en la que señaló a la ANDI de destruir su Gobierno

El Consejo de Estado emitió una sentencia en el proceso que avanzaba contra el presidente de la República.

19 de septiembre de 2025, 1:41 a. m.
Bruce Mac Master y Gustavo Petro
Bruce Mac Master y el presidente Gustavo Petro. | Foto: ANDI/Presidencia

La Sección Tercera del Consejo de Estado le dio 48 horas al presidente Gustavo Petro para que elimine de su cuenta en X una publicación en la que señalaba al presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, como responsable de “destruir el Gobierno por, literal, odio étnico”.

En la orden se precisa: “Al señor presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego, que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, elimine la publicación del 19 de marzo de 2025 en la red social X, y se retracte por el mismo medio de la manifestación relacionada con la ANDI”.

Con esta decisión, el Consejo de Estado amparó el derecho al buen nombre de la Asociación Nacional de Empresarios al considerar que la manifestación del presidente Petro, difundida a través de su cuenta de X, incorporó afirmaciones “infamantes, carentes de sustento objetivo, que desbordaron el ámbito de la crítica política y comprometieron su reconocimiento público sin justificación constitucional admisible“.

Todo este proceso se inició después de que el pasado 19 de marzo, el mandatario publicó en su perfil de X una publicación en la que empezó hablando de empresarios vinculados con grupos en Antioquia, y terminó mencionando a la “ANDI de Bruce MacMaster”, a la que le atribuyó “destruir el Gobierno por, literal, odio étnico” y “defender el esclavismo”.

Unos días después, la ANDI radicó una solicitud de rectificación dirigida al presidente Petro, identificando el mensaje por fecha y hora, transcribiendo los apartes considerados ofensivos y pidiendo que dicha aclaración se efectuara en el mismo medio y con la permanencia suficiente.

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El Consejo de Estado explicó en su fallo que la decisión no “trata de coartar la libertad de expresión y el legítimo derecho del presidente de la República o de cualquier otro ciudadano de participar del debate democrático y emitir opiniones personales; sin embargo, cuando las declaraciones públicas afectan derechos de terceros, a quienes se les acusa de responsabilidad penal sin las pruebas que respalden tales afirmaciones, el legítimo derecho a expresarse libremente debe ceder ante la presunción de inocencia y el buen nombre”.

La Sección Quinta señaló que ese mensaje del presidente Petro excedió los límites del debate democrático y el derecho a la libertad de expresión, porque contiene afirmaciones que no tienen verificación mínima, pero sí tienen un alto potencial dañino que no está respaldado.