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Por falta de firmas de ministros, se cayeron cuatro decretos de la conmoción interior en el Catatumbo

Por el contrario, alto tribunal salvó tres decretos que establecían medidas en el control de la fuerza pública, protección en el trabajo y garantía de transporte.

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9 de julio de 2025, 10:05 p. m.
Gustavo Petro hoja coca Catatumbo
Gustavo Petro firmó nueve decretos de conmoción interior en el Catatumbo. | Foto: Semana / Presidencia

La Sala Plena de la Corte Constitucional definió este miércoles 9 de julio la suerte de ocho decretos que expidió el Gobierno del presidente Gustavo Petro por la conmoción interior que declaró en el Catatumbo, después de la guerra que se desató entre la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y un frente de las disidencias de las Farc.

En las últimas horas de este miércoles, se cayó el decreto que daba medidas de orden público sobre combustibles, después de que se halló que dicho acto no contaba con la firma de todos los ministros, una exigencia que estipulan la Constitución y la ley estatutaria de los estados de excepción.

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El decreto que adoptó medidas en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones también fue declarado “inexequible” en su control de constitucionalidad por la misma razón: el documento no tenía todas las firmas de los integrantes del gabinete del Gobierno de Gustavo Petro.

“Con base en las pruebas recaudadas en el proceso, la Corte encontró que el decreto legislativo fue suscrito por dos funcionarios que no tenían competencia al momento de su expedición: el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, quien se encontraba en disfrute de un permiso remunerado que dio lugar a la vacancia temporal del empleo, y el viceministro Polivio Leandro Rosales Cadena, cuyo encargo como ministro de Agricultura y Desarrollo Rural había finalizado el día anterior”, se detalló sobre ese decreto.

Las medidas que se pretendía tomar en materia presupuestal y fiscal para las entidades territoriales también se cayeron por el incumplimiento del requisito constitucional formal de validez establecido en la Constitución: firma de todos los ministros.

Lo preocupante es que ese decreto les daba facultades especiales a la Gobernación de Santander y a los alcaldes de los municipios vinculados a la conmoción para que reorientaran rentas de destinación específica al financiamiento del funcionamiento de la entidad territorial en medio de la crisis de orden público.

La Corte le dijo ‘no’ al decreto que pretendía buscar medidas extraordinarias de protección a personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones de derechos humanos y al derecho internacional humanitario, ocasionados por la violencia de los grupos armados y otras estructuras que delinquen en esa región del país.

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Corte Constitucional se pronunció sobre 9 decretos de la conmoción interior. | Foto: cortesía corte

Sobre ese caso, se evidenció que la ministra de Agricultura era Martha Viviana Carvajalino, pero el decreto lo firmó su viceministro de Desarrollo Rural, Leandro Rosales. Así mismo, el entonces ministro de Comercio, Luis Carlos Reyes, carecía de competencia para firmar dicho documento.

Por su parte, la Corte también declaró inconstitucional el decreto que dio medidas en materia de infraestructura educativa para la educación superior, al considerar que no tenía ningún tipo de conexidad con la declaratoria de exequibilidad parcial que se declaró en el decreto madre de conmoción.

Los decretos que se salvaron

Por otra parte, la Sala Plena les dio visto bueno a los decretos que dieron medidas para establecer esquemas excepcionales de operación unificados a la fuerza pública, protección en el trabajo y condiciones para garantizar el transporte en esa región del país.