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Niegan incidente de desacato contra Petro por supuesta violación a la prohibición de transmitir consejos de ministros en canales privados

La demandante alegó que el mandatario habría vulnerado la orden que prohibió la transmisión de esos encuentros en canales privados.

15 de agosto de 2025, 4:26 p. m.
El presidente, Gustavo Petro, y Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud, el 24 de junio de 2025 en el consejo de ministros adelantado en la Casa de Nariño, en Bogotá
El presidente, Gustavo Petro, y Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud, el 24 de junio de 2025 en el consejo de ministros adelantado en la Casa de Nariño, en Bogotá | Foto: Ovidio González - Presidencia de Colombia

La Sección Tercera del Consejo de Estado negó el incidente de desacato que inició una ciudadana contra el presidente Petro, argumentando que habría vulnerado la orden que le dio ese mismo alto tribunal, tras prohibirle la transmisión de sus controvertidos consejos de ministros en canales privados.

Dicha sección confirmó en una decisión de seis páginas: “Abstenerse de abrir el incidente de desacato promovido en contra del Presidente de la República, la Presidencia de la República (DAPRE) y la CRC, con ocasión de la Sentencia de tutela de 11 de abril de 2025, proferida por la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado, por las razones expuestas en esta providencia”.

El caso inició en marzo de 2025, cuando María Cristina Cuellar, presentó una tutela contra la Presidencia de la República, por la presunta vulneración de su derecho fundamental a la información, por la transmisión de los consejos de ministros por medio de los canales privados de televisión.

Un mes después, el Consejo de Estado halló dicha vulneración y ordenó: “Al Presidente de la República, a la Presidencia de la República (DAPRE) y a la CRC que, una vez notificada esta providencia, no se reincida en la conducta vulneradora y, por consiguiente, no transmitan los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, de conformidad con los motivos expresados en esta sentencia”.

Consejo de ministros. Imagen de referencia.
Consejo de ministros. Imagen de referencia. | Foto: Presidencia.

Pero la demandante consideró que el presidente Petro habría incumplido con dicha sentencia, porque el 21 de abril decidió transmitir una alocución presidencial sobre la fiebre amarilla, pero que terminaron interviniendo varios funcionarios públicos, entre ellos miembros de su gabinete de ministros.

Así fue como Cuellar terminó radicando dos meses después un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro, ante la Sección Tercera del Consejo de Estado, que acaba de ser rechazada.

Se transmite una nueva sesión del consejo de ministros

El Consejo de Estado terminó concluyendo: “No existe mérito para abrir un incidente de desacato en contra de la Presidente de la República, la Presidencia de la República (DAPRE) y la CRC, comoquiera que fue posible verificar el cumplimiento de la orden dada en la Sentencia de tutela de 11 de abril de 2025”.

Para los magistrados de la Sección Tercera, las intervenciones alegadas por la demandante fueron transmitidas bajo la figura de “alocución presidencial”, lo cual no representa un incumplimiento de lo ordenado.

Conozca la decisión completa: