Nación
Más de 57 años de cárcel para Dayana Jassir, la mujer que fue absuelta por el asesinato del director de Medicinal Legal, en Barranquilla
La mujer estaba libre luego de que una juez la absolvió. Ahora, el Tribunal de Barranquilla revocó esa decisión y la condenó.

Dayana Jassir de la Hoz, la esposa del entonces director de Medicinal Legal en Barranquilla, Eduardo Enrique Viloria, fue procesada por su asesinato; sin embargo, el año pasado, una jueza de la misma ciudad la absolvió mientras advirtió que la Fiscalía logró demostrar su responsabilidad en el crimen. Esa decisión ahora fue revocada.
El caso por la muerte del director de Medicina Legal se convirtió en una novela judicial, pues lo que arrancó como un hurto, con un desenlace fatal, la muerte del médico Viloria se convirtió en una historia sórdida donde la mujer, esposa de la víctima, fue señalada como la determinadora del crimen.

“La Fiscalía, continuando con el curso de las labores investigativas, logró establecer que la ciudadana Dayana Yael Jassir de la Hoz actuó como determinadora para el homicidio de quien en vida era su esposo, Eduardo Enrique Viloria Pinto, director de Medicina Legal, con quien fruto de esa relación tuvo un hijo”, señaló el Tribunal de Barranquilla.
A pesar de los elementos de prueba que fueron recaudados en varios años de investigación, pues el caso ocurrió en 2016, una jueza de Barranquilla decidió absolver a la mujer, atribuyendo falta de pruebas en el curso del proceso. La decisión fue apelada por la Fiscalía, que ahora deja a Dayana Jassir como condenada.
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“Luego, no se puede bajo este principio ubicar a una tercera persona como determinador o determinado, o sea diferente a estos dos extremos, habida cuenta que las pruebas evaluadas no toleran esta posibilidad y ni siquiera nacen de las palabras de Dayana Jassir de la Hoz y tampoco de la versión de Johan Enrique Beltrán Ulloque”, señaló el Tribunal al revocar la absolución.
La condena llegó a los 57 años y seis meses de cárcel, hasta ahora la pena más alta que la justicia en la ciudad de Barranquilla ha emitido, en este caso, contra la señora Dayana Jassir de la Hoz, que hasta el momento permanecía en libertad. Para el Tribunal, las dudas en el proceso no se podían resolver en favor de la acusada, pues era clara y directa su responsabilidad.
“Como penas accesorias, en principio, la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años, de conformidad con el artículo 51 del Código Penal y la prohibición por el mismo término de 20 años de acceder o tener armas de fuego o licencia para su porte”, dijo el Tribunal.

Al tomar la decisión de revocar el fallo absolutorio, el Tribunal también ordenó las capturas correspondientes en el sentido de detener a la señora Dayana Jassir y llevarla a un sitio de reclusión que designe el Inpec, para que cumpla su condena.