Judicial

JEP ordena verificar condiciones de reclusión del exagente de inteligencia que ha entregado información sobre el exterminio de la UP

Este Tribunal advirtió sobre las contradicciones del sargento viceprimero (r) del Ejército Nacional, José Leonairo Dorado Gaviria.

22 de julio de 2025, 1:25 a. m.
Marcha de los militantes de la Unión Patriótica en Bogotá. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

En los últimos días el nombre del sargento viceprimero (r) del Ejército Nacional, José Leonairo Dorado Gaviria ha adquirido cierta notoriedad en expedientes tan voluminosos y complejos como el de los desaparecidos del Palacio de Justicia, el exterminio de la Unión Patriótica (UP) y la llamada parapolítica.

Dorado Gaviria, quien se encuentra privado de su libertad en centro carcelario, habría entregado información sobre la ubicación de unas fosas en guarniciones militares. La forma en cómo se adelantó la inspección para verificar los datos generó una discusión entre el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli y el ministro de Defensa, general (r) Pedro Arnulfo Sánchez.

Después que en los últimos días desde la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo se alertara que el sargento viceprimero había sido trasladado a la fuerza a un centro psiquiátrico la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ordenó evaluar tanto el estado físico como el mental del exagente de inteligencia.

Igualmente, solicitó la remisión de su historia clínica a las autoridades penitenciarias y hospitalarias. Tras hacer una revisión del caso pidió establecer si Dorado Gaviria ha sido trasladado a un centro médico psiquiátrico, bajo qué condiciones y con autorización de qué entidad.

El testimonio de Dorado ayudó  a la investigación del  Caso 08, que busca esclarecer crímenes cometidos  contra  líderes sociales del Magdalena Medio, en Colombia.
El testimonio de Dorado ayudó a la investigación del Caso 08, que busca esclarecer crímenes cometidos contra líderes sociales del Magdalena Medio, en Colombia. | Foto: Colprensa

En 2018 la JEP rechazó la solicitud de sometimiento de José Leonairo Dorado Gaviria por considerar que los delitos por los que fue condenado en la justicia ordinaria (secuestro extorsivo) no tienen relación directa ni indirecta con el conflicto armado, lo cual impide concederle beneficios como la libertad transitoria anticipada.

“Los hechos por los cuales fue condenado fueron calificados como delitos comunes motivados por beneficio económico personal”, explicó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por medio de la resolución expedida este lunes.

La defensa del agente de inteligencia ha advertido que Dorado Gaviria ha entregado información en los casos 06 y 08, que investigan crímenes cometidos por agentes del Estado contra la Unión Patriótica (caso 06) y crímenes en connivencia con grupos paramilitares o terceros civiles (caso 08).

Igualmente, la Sala de Reconocimiento de Verdad pidió a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) hacer una nueva valoración del riesgo para establecer si es necesario activar mecanismos de protección.

Esto pese a que en una evaluación previa, en el año 2024, se concluyó que no existía riesgo elevado por tratarse de un interno en un centro penitenciario militar, la nueva información amerita revisión.

La Sala de Definición encontró en ese momento que los aportes de Dorado Gaviria presentan “contradicciones, vacíos de información y elementos que afectan su credibilidad”, lo que plantea dudas sobre su papel como posible “máximo responsable”.

La Sala de Reconocimiento deberá determinar ahora la relevancia de esos aportes, así como su verificación y el eventual curso del proceso, que podría continuar en esa sala o regresar a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.