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Insólito error de la Fiscalía habría afectado condena contra presunto abusador de dos menores: quedó libre

Martín Pinzón fue condenado en segunda instancia por el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo por el delito de actos sexuales con menor de 14 años.

21 de abril de 2025, 6:21 p. m.
Captura de delincuente
El hombre fue dejado en libertad. Imagen referencia de capturado. | Foto: Getty Images

El 23 de julio de 2018, Martín Pinzón fue imputado por la Fiscalía por el delito de actos sexuales con menor de 14 años, por unos supuestos tocamientos que habría hecho contra dos niños de 11 y seis años en el municipio de Soatá, Boyacá.

Un año después, el Juzgado Promiscuo de ese municipio lo absolvió al considerar que las supuestas acusaciones en su contra fueron desvirtuadas durante el juicio, pues no se puedo comprobar que estuvo a solas con las víctimas y por el hecho de que en los exámenes médicos no hallaron huellas de abuso sexual.

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La Corte Suprema de Justicia revocó la condena de 10 años de prisión contra Martín Pinzón. | Foto: Getty Images

Sin embargo, las víctimas y la Fiscalía interpusieron una apelación que terminó en revisión por parte del Tribunal de Santa Rosa de Viterbo, el cual, revocó la absolución y condenó a Pinzón a 10 años de cárcel.

El defensor del hombre impugnó esa decisión y el caso llegó hasta la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, donde se consideró que hubo un evidente “error” por parte de la Fiscalía, que terminó dejando sin piso jurídico la condena que se le impuso en segunda instancia.

Bunker de la Fiscalía General de la Nación
Bunker de la Fiscalía General de la Nación. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

El error

La Sala de Casación Penal del alto tribunal consideró que la Fiscalía, para sustentar la teoría del caso, entrevistó a las víctimas y esos testimonios se convirtieron en las principales pruebas durante el llamamiento a juicio contra Martín Pinzón, pero esas piezas no se descubrieron oportunamente, según la Corte Suprema.

“Esas entrevistas no fueron descubiertas oportunamente, como lo reconoció la delegada de la Fiscalía durante la audiencia preparatoria, al parecer por errores de comunicación al interior de dicha entidad (el caso pasó por varios despachos de la Fiscalía y todo indica que las entrevistas no fueron remitidas a quien finalmente presentó la acusación). Por ello, fueron rechazadas, decisión que no fue objeto de recursos”, dice el fallo.

Corte suprema de justicia
Corte Suprema de Justicia. | Foto: Colprensa

Aunque la Fiscalía advirtió que las víctimas comparecerían como testigos al juicio oral, nunca mencionó que esas declaraciones serían aportadas como prueba de referencia, por lo que al final terminaron rechazadas por falta de descubrimiento.

La Corte también aclaró en su decisión: “El impugnante tiene razón cuando afirma que el Tribunal, al valorar las entrevistas de los menores, incorporadas al juicio oral a través de los testimonios de las funcionarias que las practicaron, incurrió en un error de derecho por falso juicio de legalidad”.

Para el alto tribunal, la Fiscalía incurrió en varios errores dentro de este proceso, como no descubrir las entrevistas de las víctimas, no solicitar que las mismas fueran incorporadas como testimonio adjunto y pretendió que ese contenido llegara al proceso por medio de las funcionarias que entrevistaron a los menores.

“Por tanto, las entrevistas y demás declaraciones rendidas por fuera del juicio oral no podían ser valoradas para establecer la responsabilidad penal del procesado”, reiteró la Corte. Además de revocar la condena contra Pinzón, el alto tribunal también ordenó su libertad inmediata.