Judicial
Gobierno Petro está en mora de adoptar una política pública para sustituir el uso de asbesto. El fuerte llamado del Tribunal
Los ministerios de Salud y de Trabajo deberán enviar un informe sobre las acciones que se han adelantado.

Un fuerte llamado de atención le hizo el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al Gobierno y a varias empresas privadas por lo que considera un incumplimiento en el fallo emitido por el juzgado 39 de Bogotá que ordenó la adopción de una política pública para sustitución del uso de asbesto en Colombia.
Tras revisar varias informes, el Tribunal Administrativo señaló que a la fecha no se ha superado la vulneración de los derechos colectivos de la ciudadanía para gozar de un ambiente sano y a la salubridad pública en conexidad al derecho a la salud, causada por el uso de asbesto.
En el fallo, proyectado por el magistrado César Chaparro Rincón, se pone de presente que en 2019 el Congreso prohibió, por medio de la ley 1968, el uso de todas las variedades de este mineral tras concluirse los graves daños que le causa a la salud.
Este mineral, cita la ley, fue usado para la construcción de tejas y materiales de construcción. Los trabajadores de las plantas de producción resultaron gravemente enfermos de sus pulmones.
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Mientras que los usuarios de las viviendas que tenían este tipo de tejas presentaron daños irreversibles a su salud.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó a los ministerios de Salud y del Trabajo realizar un censo a las personas que se vieron expuestas al asbesto, ya sea de manera directa o indirecta.
Con esta información se debe desarrollar una base de datos para identificar a aquellas personas que hubieran desarrollado alguna patología.
Igualmente, deberán tomar acciones para garantizar la protección del medio ambiente en lo referente al retiro y disposición final adecuada de los materiales y elementos hechos con este mineral.
Además, deberán realizar un monitoreo constante de los conocimientos científicos y avances técnicos “más recientes a nivel nacional e internacional” frente a los materiales sustitutos para el asbesto.

Los ministerios deberán delegar representantes para que cada dos años para revisar los límites permisibles de exposición al asbesto en los lugres de trabajo y en los que se realicen labores de sustitución.
En el extenso fallo, el Tribunal Administrativo le ordenó a las empresas Eternit e Incolbest “continuar con la sustitución progresiva del asbesto”.
Así como estructurar un plan para identificar y mitigar los riesgos a la salud de sus trabajadores, sus familias y a la población en general.
Las dos empresas deberán capacitar a todos sus trabajadores frente a la gestión, manejo y disposición de los residuos del minero, así como incluir en sus productos la información más detallada de las materias primas sustitutivas del asbesto que hayan sido utilizadas.
Finalmente, se puso de presente la necesidad que la ciudadanía siempre esté informada sobre los materiales que puedan ser riesgosos para la salud.
Por esto, los Ministerios deben emprender campañas educativas en medios de comunicación y emitir un documental de tipo informativo sobre los peligros del asbesto y las acciones que se han puesto en marcha para su eliminación.