Nación
“Genera serias dificultades”: presidente de la Corte Constitucional tras suspensión de la investigación contra Petro en el CNE
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar hizo parte de los cuatro magistrados que se apartaron de la decisión que suspendió la investigación contra el presidente.

La Sala Plena de la Corte Constitucional explicó en un extenso comunicado que, para evitar una crisis institucional, decidieron suspender provisionalmente la investigación que avanza en el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta financiación irregular de la campaña presidencial de Gustavo Petro.
En el comunicado, el alto tribunal explicó: “En un ejercicio de ponderación constitucional, resulta de menor intensidad el sacrificio derivado de suspender provisionalmente el avance de las diligencias ante el CNE, en contraste con el intenso compromiso que se generaría para el derecho al debido proceso de actor y, especialmente, para el interés público, el hecho de que prosigan las investigaciones contra el presidente”.
Para la Corte Constitucional, “podría desencadenarse una crisis institucional” en caso de que se llegue a dar una eventual sanción del CNE en contra del presidente de la República, razón suficiente para suspender temporalmente los avances de esas diligencias.
El salvamento de voto del presidente de la Corte
Jorge Enrique Ibáñez Najar fue uno de los cuatro magistrados que se apartó de la decisión que suspendió la investigación. El actual presidente de la Corte Constitucional presentó un detallado y contundente salvamento de voto para explicar sus razones.
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“El suspender las actuaciones administrativas a cargo del Consejo Nacional Electoral, en lo que atañe al señor presidente de la República y, al mismo tiempo, suspender los términos de prescripción del proceso en curso ‘contra el precitado funcionario’, como lo decidió la mayoría, genera serias dificultades“, advirtió.

Y agregó: “De una parte, propone una comprensión diferente de la competencia administrativa, que es tener por objeto establecer si la campaña presidencial cumplió o no con los topes a los que estaba sometida, se torna en otro propósito, dentro del cual parecería establecer una responsabilidad personal, cuya naturaleza no se precisa, del señor presidente de la República”.
Para el presidente del alto tribunal, este caso no es una acción de tutela contra providencia judicial, pues se cuestiona es la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado que le dio competencia al CNE, para investigar al presidente Petro como candidato de su campaña a la Presidencia.
“La Sala de Consulta y Servicio Civil se ocupó de resolver un conflicto de competencias administrativas, suscitado entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. Por lo tanto, lo que se discute está relacionado con la definición de una competencia administrativa“, explicó el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.
El presidente de la Corte también señaló que el Consejo Nacional Electoral investiga topes de financiación de campañas y “no es, ni puede ser, investigar la conducta personal del señor presidente de la República”.