Nación
Expresidente Álvaro Uribe no podrá ocupar cargos públicos por 8 años tras fallo condenatorio de primera instancia
El exmandatario fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno y fraude procesal.

La jueza Sandra Heredia, responsable de juzgar al expresidente Álvaro Uribe Vélez, lo inhabilitó 8 años para ocupar cargos públicos, después de que lo condenara por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
El fallo expedido por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá detalló: “Inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinador penalmente responsable del delito de soborno en actuación penal, en concurso homogéneo, en concurso heterogéneo, con fraude procesal en concurso homogéneo”.
Esto quiere decir que el expresidente Álvaro Uribe no podrá aspirar a ningún cargo público en los próximos 8 años, y tampoco podrá aspirar a cargos de elección popular. Un golpe que recibe a pocos días de que inicie la jornada electoral para el Congreso y la Presidencia de la República.
De hecho, hasta Tomás Uribe, hijo del exmandatario, propuso a través de su cuenta de X que para “unir a la oposición democrática”, su papá debía ser fórmula vicepresidencial para ganar las próximas elecciones. Sin embargo, ese cargo es considerado como un servidor público, por lo que Uribe Vélez no lo podría ocupar después de este fallo de primera instancia.
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Abogados advierten condena “desproporcionada”
SEMANA se contactó con varios abogados penalistas para conocer su opinión frente a la condena de 12 años de prisión domiciliaria que se dictó contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno y fraude procesal.
El abogado Francisco Bernate manifestó: “No estaba en los cálculos de nadie que la sanción fuese de 12 años, porque los estimados, y conforme se indica en este tipo de eventos, se parte de 6 y se aumenta en un poco, pero no se duplica (...) ciertamente consideramos que es un fallo bastante excesivo”.
Germán Calderón España, experto constitucionalista, advirtió: “Es desproporcionada, no justificada en fines constitucionales y es una vocificación (sic) que llegó al tope máximo para el delito de fraude procesal, que difícilmente encontraríamos una sentencia con esa pena impuesta”.

El abogado Ricardo Burgos resaltó: “Llama la atención que la solicitud de la Fiscalía era de una condena de 108 meses. Excede en un monto de varios meses la que verdaderamente impone el juez de conocimiento en este caso”.
Por su parte, el penalista Simón Hernández aclaró: “La pena es absolutamente preocupante. Esta funge como una pena desproporcional, excesiva y absolutamente incoherente, porque no se valoran circunstancias de menor punibilidad que le hubieran podido beneficiar”.