Nación

Exfiscal fue vinculada a proceso por reventa de boletas para los partidos de la Selección Colombia

Yajaira Cáceres habría recibido boletas para los partidos de las Eliminatorias al Mundial de Rusia de 2018 por parte de los directivos de la Federación Colombiana de Fútbol.

21 de julio de 2022
Colombia vs Bolivia / Eliminatorias Rusia 2018
Colombia vs Bolivia / Eliminatorias Rusia 2018 | Foto: Getty Images

Después de dos años y medio por fin se pudo realizar la imputación de cargos en contra de la exfiscal Yajaira Cáceres Pacheco en el marco de una de las aristas por el escándalo de la reventa de las boletas para ver los partidos de la Selección Colombia en el estadio Metropolitano de Barranquilla en la etapa final de las eliminatorias al Mundial de Rusia 2018.

En un hecho irónico, Cáceres habría recibido boletas para ver los partidos de la Selección por parte de la Federación Colombiana de Fútbol. En la imputación de cargos se advierte que la entonces delegada del ente investigador habría asistido al estadio con todos los gastos pagos para disfrutar uno de los encuentros decisivos en compañía de su esposo y un grupo de amigos.

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Con el fin de evitar llamar la atención, habría hecho pasar por agentes del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) a sus acompañantes. Después de conocer la citación, la exfiscal aseguró que había asistido al estadio, pero por medios propios, es decir, pagando su boleta.

En las pruebas recolectadas se encontró que la funcionaria asistió a los partidos en los que el combinado nacional enfrentó a los seleccionados de Brasil y Paraguay en lugares VIP. Para lograr su cometido, Cáceres habría utilizado el correo institucional para hacerle la petición a las directivas de la FCF para que le entregaran las respectivas boletas. Esta es una de las pruebas fundamentales dentro de la investigación.

En los correos electrónicos se solicitó de manera directa las acreditaciones con la premisa que eran para la inspección judicial. De esta forma, la FPC -que hacía parte de las indagaciones- le entregó 21 boletas de cortesía categoría 1 y 2 que tenían un valor aproximado 4.095 dólares.

En la imputación de cargos, igualmente se revelaron pruebas que reseñan que la fiscal estuvo en efecto en el estadio en compañía de su esposo y un grupo de amigos. Por estos hechos, la Fiscalía General le imputó los delitos de falsedad ideológica en documento público y cohecho impropio. Tras la pregunta del juez de control de garantías, la exfiscal se declaró inocente.

La imputación de cargos se destrabó luego que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá rechazara la recusación hecha por la exfiscal para que se cambiara al delegado que adelantaba la investigación.

En la petición sostenía que había realizado un trabajo encubierto en campo dentro de la investigación, rechazando de tajo haber recibido esas boletas por parte de los directivos de la Federación o empresarios que habrían recibido el contrato. Exigiendo el respeto a su derecho al debido proceso, mencionó que debía ser un fiscal delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial, puesto que los hechos materia de investigación se presentaron cuando ella era parte del ente investigador, pero nunca se argumentó de manera correcta la recusación o impedimento.

“Frente a lo anterior debe destacar en primera medida que el abogado defensor es confuso en su argumentación, pues, por un lado, se refirió a temas de incompetencia por parte de fiscal 4 Seccional para llevar a cabo la formulación de imputación en contra de su asistida, y, por otra parte, alega circunstancias propias de un impedimento o recusación en contra de ese mismo funcionario en la presente investigación y juzgamiento al no contar con la designación mediante resolución de su calidad de apoyo en esta actuación”, precisa la decisión del juez de segunda instancia emitida en diciembre de 2021.

En este sentido, se advierte que no existen motivos para realizar el cambio del fiscal, puesto que el juez no tiene la facultad para realizar esta sustitución, debido a que esta es una función directa del fiscal general de la Nación, como lo advierte la ley.

En el fallo se indica que en bajo esta circunstancia el juez no puede imponerle a la Fiscalía General la designación de un fiscal puesto que esto va en contravía de la autonomía del organismo. “La discrepancia señalada por el abogado defensor está dirigida a atacar los actos administrativos como lo son las resoluciones emitidas en relación a la asignación de fiscales delegados ante el Tribunal, así como los funcionarios de apoyo de esa entidad la presente actuación, aspectos que no pueden ser objeto de control por parte de la judicatura ya que como se indicó son actos administrativos cuyo ataque debe acontecer en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, y obsérvese que tampoco se atacó el derecho de postulación o la existencia de alguna causal disciplinaria que impida al funcionario de la Fiscalía, atender las presentes diligencias”.