Judicial
Estos son los tres magistrados que estudiarán la tutela que dejó en libertad al expresidente Álvaro Uribe
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia delegó una terna para analizar la impugnación de las víctimas contra la decisión.

Fuentes de la Corte Suprema de Justicia le confirmaron a SEMANA que los magistrados Gerson Chaverra, Diego Corredor y Myriam Ávila Roldán serán los responsables de analizar la tutela que dejó en libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La impugnación fue radicada por las víctimas (el senador Iván Cepeda; el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre; el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo y Deyanira Gómez) en contra del fallo emitido el pasado 19 de agosto por el Tribunal Superior de Bogotá que tumbó la detención domiciliaria que le impuso la jueza 44 de conocimiento de Bogotá al exmandatario.
En esa decisión judicial, el Tribunal tuteló el derecho a la libertad individual del exmandatario, quien fue sentenciado a doce años de prisión por su responsabilidad en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

En este sentido, se encontró injustificada la decisión de la jueza de ordenar la privación de la libertad del exmandatario. “Es ininteligible por qué esta privación de la libertad es necesaria para la convivencia pacífica y el orden social”.
“Por lo que no existen indicios objetivos de evasión, y en un Estado de derecho, las medidas de aseguramiento no pueden sustentarse en supuestos riesgos futuros, meramente hipotéticos o en conjeturas derivadas del reconocimiento social del acusado, sino en circunstancias imparciales, actuales y verificables que hagan indispensable su imposición para proteger el proceso y/o las víctimas, respecto de las cuales, al motivar la media, no se realizó algún pronunciamiento específico", enfatizó la decisión.
Igualmente, se advierte que la jueza de conocimiento no tuvo en cuenta la ausencia total de antecedentes penales, disciplinarios o fiscales del expresidente Uribe, además de su situación de arraigo y el hecho que siempre reportó un solo domicilio en el que convive con su esposa, Lina Moreno, y es visitado por sus dos hijos y familiares.
“Tampoco puede desconocerse que el proceso superó la fase probatoria, por lo que el riesgo de afectación a la verdad procesal o de manipulación de las pruebas es, en la práctica, inexistente”, resalta la situación que calificó como criterios “subjetivos, genéricos o abstracto” las conclusiones a las que llegó al ordenar la detención domiciliaria.
“Puede evadir la justicia saliendo del país”: esta es la razón por la que se ordenó detención domiciliaria al expresidente Álvaro Uribe Vélez. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/7sAoAouFXT
— Revista Semana (@RevistaSemana) August 1, 2025
“La falladora no examinó circunstancias favorables como la comparecencia voluntaria, inexistencia de incumplimientos procesales, ausencia de antecedentes penales, ni un riesgo probado de reiteración delictiva”, agrega.
Tras conocer la decisión, el senador Iván Cepeda señaló que no compartía la decisión judicial.