Judicial

Estos son los detalles de la boleta de excarcelación del expresidente Álvaro Uribe Vélez

El exmandatario aseveró que saldrá a realizar actividades políticas en el municipio de Sabaneta, Antioquia.

20 de agosto de 2025, 8:00 p. m.
Álvaro Uribe Velez
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó el pasado 19 de agosto la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Este miércoles 20 de julio la jueza 44 de conocimiento de Bogotá firmó la boleta de excarcelación del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Cumpliendo así lo ordenado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que tumbó la detención domiciliaria que existía en su contra desde el pasado primero de agosto.

En su cuenta de X, el exmandatario aseguró que ya recibió su boleta de libertad. “Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a luchar por la libertad de Colombia”, detalló el exjefe de Estado al anunciar que saldrá a realizar actividades políticas en el municipio de Sabaneta (Antioquia).

En los documentos firmados por la jueza Sandra Liliana Heredia Arana se pone de presente en la parte de observaciones: “dejar en libertad inmediata, quien se encuentra recluido en su domicilio”.

En la boleta de libertad No. 0001 se señalan todos los datos personales del expresidente, entre estos, su número de cédula, su estado civil, profesión/oficio, nombre de los padres, y de su compañera sentimental.

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Así como el lugar donde se encuentra cumpliendo la medida de aseguramiento privativa de la libertad.

En el otro documento el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) fija el “certificado de libertad” al expresidente Álvaro Uribe cumpliendo la orden de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

En el certificado se detalla que el exmandatario estuvo privado de la libertad entre el viernes 8 de agosto y el martes 19 de agosto de 2025.

En la tarde del pasado martes 19 de agosto la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, tras resolver una acción de tutela, ordenó la libertad inmediata al considerar que la medida no contaba con una justificación.

“Los criterios fueron vagos, indeterminados e imprecisos”, señaló el fallo al revisar los argumentos esgrimidos por la jueza 44 de conocimiento de Bogotá cuando ordenó la detención domiciliaria.

En este sentido se consideró que se presentaron varias conjeturas cuando se aseveró que el expresidente Uribe podía salir del país utilizando sus influencias políticas. Situación de la que no se presentó ninguna evidencia.

Por estos hechos, se tuteló el derecho fundamental a la libertad del exmandatario.

El pasado 13 de agosto, la defensa del expresidente Uribe radicó el recurso de apelación con el que pide anular todo el proceso penal por el que fue condenado a doce años de prisión por su responsabilidad en los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.

Este es el documento