Judicial

EPS deberá garantizar atención médica especializada a joven afectada por cirugía estética

Igualmente, se le ordenó a la Superintendencia de Salud investigar el centro médico donde se practicó la intervención.

30 de abril de 2025, 6:05 p. m.
cirugía estética
Foto referencia del cirugía estética. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Un trascendental fallo emitió la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá al ordenarle a una EPS garantizarle la atención médica especializada a una joven que resultó afectada tras realizarse una cirugía estética.

En el debate jurídico, la Sala concluyó que en efecto la joven presentó complicaciones médicas severas de salud tras practicarse el procedimiento estético.

Debido a esto se revocó el fallo de primera instancia y le ordenó a la EPS que de manera urgente garantice el derecho al diagnóstico médico especializado.

Tras la notificación de la decisión, la EPS tiene 48 horas para programar la cita médica y realizar una valoración especializada en 10 días.

Los hechos se presentaron el pasado 18 de febrero cuando la joven se practicó una liposucción en un centro médico, ubicado en la capital de la República.

Sin embargo, tras la intervención presentó una serie de afecciones críticas, entre las que se encuentran un choque séptico, fascitis necrotizante y falla renal aguda.

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Para el Tribunal, estas afectaciones a la salud están muy lejos de los efectos previsibles que se pueden presentar en este tipo de intervenciones.

Teniendo en cuenta la acción presentada por el padre de la joven, se advierte la gravedad de los daños causados tras la intervención en el cuerpo de la joven.

El padre de la joven solicitó el traslado a una unidad especializada en el manejo de las quemaduras.

Tras revisar el fallo de primera instancia, el Tribunal determinó que este caso no se puede evaluar bajo la óptica de un simple procedimiento estético.

Esto debdo a los daños que comprometieron gravemente la funcionalidad de los órganos y tejidos de la accionante que afectaron los derechos a la salud y vida digna.

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Tribunales de Cundinamarca y Bogotá D C Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Bogota junio 25 del 2024 Foto Guillermo Torres Reina / Semana | Foto: Guillermo Torres / Semana

“La exclusión de un tratamiento no puede basarse en la conducta del afiliado ni en su decisión de someterse a un procedimiento estético”, advierte la decisión.

El magistrado Carlos Andrés Guzmán citó fallos de la Corte Constitucional que advierte que no se pueden pormenorizar los daños ocasionados en las cirugías estéticas con fines estéticos.

Cuando las complicaciones afectan órganos no intervenidos o comprometen seriamente la funcionalidad se impone una interpretación a favor de las personas sobre el sistema de salud.

Igualmente, le ordenó a la Superintendencia de Salud que investigue al centro médico donde se adelantó la cirugía para establecer si incurrieron en irregularidades.

En abril de 2024, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó en su primer debate el proyecto de ley conocido como ‘CirugíaSeguraYa’ el cual busca elevar la reglamentación y normatividad estableciendo qué tipo de profesionales pueden practicar procedimientos para modificar la apariencia del cuerpo, qué condiciones de salubridad y atención deben cumplir las salas de cirugía, así como también prohíbe la publicidad engañosa y exige información clara para los pacientes.

Este es el fallo completo