Nación

En firme la condena contra María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno por seguimientos ilegales a la Corte Suprema y opositores

La Sala de Casación Penal confirmó la pena contra los exdirectores del DAS y del Dapre por varios delitos.

20 de mayo de 2025, 2:49 p. m.
María del Pilar Hurado, exdirectora del DAS, y Bernardo Moreno, exdirector del Dapre, durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe.
María del Pilar Hurado, exdirectora del DAS, y Bernardo Moreno, exdirector del Dapre, durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe. | Foto: María del Pilar Hurado, exdirectora del DAS, y Bernardo Moreno, exdirector del Dapre, durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe.

Durante la mañana de este martes 20 de mayo, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dejó en firme la condena contra la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, y del entonces director del Dapre, Bernardo Moreno, por los seguimientos ilegales a la propia corporación que hoy los vuelve a dejar en manos de la justicia.

El magistrado José Joaquín Urbano explicó en su decisión: “Negar la nulidad solicitada por la defensa de María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno. Declarar la preclusión a favor respecto del punible de abuso de autoridad”.

Sin embargo, Hurtado fue condenada a 14 años y Bernardo a 8 años, por los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público.

La Corte Suprema informó en un comunicado que la Sala de Casación Penal ya había condenado a los dos exfuncionarios de Uribe en el año 2015, y esta nueva decisión se da tras resolver el recurso de impugnación especial que presentaron las defensas de los implicados.

“En esa decisión, estableció que entre los años 2007 y 2008, los exfuncionarios aprovechándose de sus cargos, acordaron desplegar labores de inteligencia contra servidores públicos con el propósito de obtener información que luego filtraron a los medios de comunicación para desprestigiar ante la opinión pública a quienes la Presidencia de la República consideraba opositores políticos”, detalló la Corte.

El alto tribunal también confirmó con esta decisión que el DAS los infiltró y ordenó que se pusieran en las instalaciones del Palacio de Justicia dispositivos que permitieran grabar las sesiones que para la época llevaba la Sala Plena de ese alto tribunal.

Así fue como, según la decisión, Hurtado y Moreno obtuvieron “información sobre las discusiones jurídicas que los magistrados sostuvieron en la antesala de la emisión de decisiones cruciales en los procesos que investigaban los vínculos de congresistas, algunos cercanos a la Presidencia de la República, con grupos armados al margen de la ley”.

Pero la intervención no solo se quedó allí, porque el DAS también reclutó a empleados y personal de seguridad de la Corte que entregaron piezas procesales reservadas e información personal de los magistrados y auxiliares, para crear un banco de datos para diseñar el perfil político de los togados.

“La Sala Penal consideró, en su decisión del pasado 7 de mayo, que la Fiscalía probó, más allá de duda razonable, la existencia de los hechos acusados y la responsabilidad de los procesados en tales conductas y no encontró motivos razonables que conllevaran su revocatoria”, manifestó la Corte.