Judicial

En firme acuerdo que prohíbe patrocinio de la Alcaldía de Bogotá a las corridas de toros

El documento, emitido en julio de 2020, ordena desincentivar cualquier práctica taurina o novillada.

26 de enero de 2022
Primera corrida. Manizales, 4 de enero de 2022.
Primera corrida. Manizales, 4 de enero de 2022. | Foto: Rodrigo Urrego

El juzgado cuarto administrativo de Bogotá rechazó el recurso de nulidad contra el acuerdo que emitió el Concejo de Bogotá por medio del cual se “desincentivan las prácticas taurinas” en Bogotá (Acuerdo 767 de 2 de julio de 2020).

En la acción de nulidad se advertía que este Acuerdo iba en contravía de lo establecido en el Reglamento Nacional Taurino, el cual se expidió mediante la Ley 916 de 2014, así como varias sentencias de la corte Constitucional que advertían que el Congreso de la República era el único que podía legislar y regular la desincentivación de los eventos taurinos en todo el país.

Este Reglamento, advertían, era clave para proteger los derechos de la comunidad taurina y las realizaciones de las corridas de toro, teniendo en cuenta que han recibido un aval desde su práctica y por ser vistas como un acto cultural y tradicional.

En el fallo se advierte que no se emitieron las pruebas para sustentar la vulneración que se habría presentado en este caso con la emisión de la Regulación. “(...) Con las normas superiores que se consideran vulneradas por el demandante, propia de esta inicial etapa procesal, no se encuentra demostrado por ahora la violación referenciada por la parte actora, siendo necesaria la incorporación del material probatorio y su revisión, para adoptar la decisión que se corresponda”.

En este sentido se considera que hasta el momento no existen méritos para declarar la nulidad y suspender el efecto del mencionado acuerdo. “Es propio del fondo del asunto establecer si en efecto, los espectáculos taurinos consagrados en el artículo 13 ibidem, distintas a las corridas e todos y novilladas, quedaros proscritos en el Distrito de Bogotá, en virtud del Acuerdo 767 de 2020, como quiera que para el efecto deberá establecerse el alcance y sentido de las disposiciones demandadas”.

El acuerdo cuenta con diez artículos que ordena acciones que desincentivan las prácticas taurinas en el Distrito. En uno de los puntos se le ordena al “organizador de cualquier evento taurino deberá reservar y usar el 30 % del espacio de la publicidad del evento para informar del sufrimiento animal que conllevan las corridas de toros o novilladas, según corresponda. Esta obligación incluye la publicidad que se despliegue en vallas, paraderos de buses, anuncios de prensa, radiales, televisivos o en cualquier otro medio masivo de comunicación”.

“Esta regla podrá pactarse en el contrato que se suscriba para el uso de la plaza de toros permanente de la ciudad. El costo total por la publicación de los mensajes publicitarios correrá por cuenta del organizador del evento taurino”, agrega.

Igualmente se le da la potestad a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para realizar las actividades taurinas. “Todos los gastos de operación de los eventos taurinos serán asumidos por el organizador. Esta obligación podrá pactarse en el contrato que se suscriba para tal fin”.

Recientemente se conoció que por falta de apoyo la presente temporada taurina en Bogotá no se realizará.