Judicial

Defensa del expresidente Uribe pide el “restablecimiento inmediato de la libertad”; estos son los detalles de la acción de tutela

La defensa del exmandatario pide la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la libertad.

4 de agosto de 2025, 2:25 p. m.
Expresidente Álvaro Uribe Vélez presenta  su defensa técnica ante las acusaciones de la Fiscalía
7 julio 2025
El expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado, en un fallo de primera instancia, a doce años de prisión. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA-SEMANA

En un documento de 91 páginas quedó consignada la acción de tutela presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez contra la decisión de la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, quien ordenó su detención domiciliaria para que cumpla una condena de doce años de prisión.

En la acción judicial, que fue radicada este lunes, 4 de agosto, ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, se pide la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la libertad.

En este sentido, se consideró que la medida que dictó la jueza no tiene un sustento jurídico, puesto que el exmandatario siempre se ha defendido en libertad y atendió virtualmente, pese a que no era su obligación, cada una de las audiencias preparatorias y de juicio.

“Garantizar la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, hasta tanto no se resuelva de fondo la presente solicitud de protección constitucional, no perjudica a ningún tercero ni al proceso”, señala uno de los apartes de la acción judicial firmada por el abogado Jaime Granados Peña.

Para la defensa del exmandatario, es necesario suspender provisionalmente los efectos del numeral cuarto de la sentencia de 1.114 páginas que dio a conocer el pasado viernes 1.º de agosto el juzgado 44 de conocimiento de Bogotá.

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Portada de SEMANA sobre el caso de Álvaro Uribe | Foto: Semana

“Que se declare que el juzgado 44 penal del circuito de conocimiento de Bogotá trasgredió los derechos fundamentales a la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez”, añade de la acción de tutela.

Citando jurisprudencia de la Corte Constitucional, la defensa del expresidente Uribe asegura que solamente en casos muy específicos y por la gravedad de la conducta o antecedentes se hace necesaria una medida privativa de la libertad tras la emisión del fallo de primera instancia.

Ninguno de estos requisitos se cumple en el caso del exjefe de Estado, quien no tiene ningún antecedente penal o disciplinario. Además, cuenta con un claro y notable arraigo y siempre ha estado presto a atender cualquier citación de las autoridades judiciales.

“Así, honorables magistrados, pueden ustedes apreciar los serios vicios en la motivación de la decisión por medio de la cual se ordenó la restricción inmediata al derecho fundamental a la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, vicios que desconocen de forma flagrante los procedentes aplicables (…) así como la dignidad humana, la presunción de inocencia y de paso tornan la detención arbitraria”, añadió.

Por esta situación, se piden una serie de medidas adicionales con el fin que se suspenda la ejecución de la orden emitida por la jueza.

“Si no se suspende la orden de detención, mientras se falla la tutela, es claro que nos veremos avocados a continuar por los menos por dos semanas con una privación de la libertad totalmente arbitraria, sin fundamento y que le da trato de culpable a quien debe presumirse como inocente”, enfatiza.

En la lectura de la decisión judicial se señaló que la medida se hacía “idónea” y “necesaria” puesto que el expresidente Uribe podía salir del país, lo que afectaría el cumplimiento de la medida de aseguramiento.

“Sabiendo que Álvaro Uribe Vélez es merecedor de la prisión domiciliaria ha de advertirse que se hace necesario que el acusado inicie la ejecución de su sanción previo a que la decisión proferida cobre firmeza al superarse con creces los requisitos nominales de necesidad”, enfatizó la jueza en la lectura de la decisión.

Tras una petición elevada por la defensa del exmandatario para conocer los motivos que sustentaban la detención domiciliaria, la jueza indicó que existía un claro interés en proteger a la comunidad y al proceso en sí.

“Inicialmente, tenemos que la privación de la libertad inmediata resulte necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos respecto al implicado y los nacionales, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad pese a una condena cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada en primera instancia”, señaló la funcionaria judicial.

En apoyo al expresidente Álvaro Uribe, en medio del juicio que se adelanta en su contra, cientos de caleños recorrían, en caravana, las principales vías de Cali. Foto Jorge Orozco.
En apoyo al expresidente Álvaro Uribe, en medio del juicio que se adelanta en su contra, cientos de caleños recorrían, en caravana, las principales vías de Cali. Foto Jorge Orozco. | Foto: Jorge Orozco

A renglón seguido añadió: “Máximo cuando se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, lo referente para los grandes círculos del país, de ahí que permitir que continúen el ejercicio de su libre locomoción pese a la trasgresión ocasionada, considerarían la idea errada de que la igualdad ante la ley no preexiste en el ordenamiento, ergo, para sostener el poder disuasivo del imperio, de la ley y la confianza y la institucionalidad se hace imperiosa su rauda de tensión”.

Con el fin de enviarle un mensaje a la sociedad, la medida ―según indicó la jueza― se torna “crucial” para que se respete a las instituciones. “Se trató de un agravio que amerita una postura ejemplarizante de garantizar que la administración de justicia no sea objeto de manipulación ni de desviación de su propósito legítimo, garantizando el respeto por la verdad y la legalidad que le asiste a la justicia”.

Finalmente, la jueza rechazó los preceptos elevados por la defensa del exmandatario sobre la constante presencia del expresidente. “Desde la fase primigenia de la actuación se desplegaron estrategias dilatorias sistemáticas para impedir la instalación del juicio superando los márgenes legítimos de defensa que, si bien morigeró con el trasegar procesal, se erigieron como inferencias ineludibles que evadir la administración de justicia. También hemos de resaltar, dadas las ocupaciones que manifestó desarrollar su gran reconocimiento a nivel internacional, resulta fácil que podrá abandonar el país para eludir la sanción impuesta”.

Esta frase generó un gesto de rechazo por parte del expresidente Uribe, quien estuvo presente en la diligencia de manera virtual. El pasado viernes, el exmandatario sustentó su recurso de apelación en contra de esta sentencia, señalando que no se habían valorado las pruebas presentadas por su defensa durante el extenso juicio.

Esta es la tutela completa