Judicial
Cuestionado nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de Igualdad recibe espaldarazo por parte de Fundación Trans
En el Tribunal Administrativo de Cundinamarca cursa una demanda que pide anular su nombramiento por incumplir la ley de cuotas.

El cuestionado nombramiento de Juan Carlos Florián Silva como ministro de la Igualdad tendrá en los próximos días una resolución en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que evalúa dos demandas que piden la nulidad de su designación por vulnerar la Ley de Cuotas.
En medio del estudio, el Tribunal ya recibió los conceptos de la Presidencia de la República y del Ministerio de Igualdad, que solicitaron ratificar la designación de Florián al considerar que en su caso no aplica la mencionada norma, pues hace parte de un género indefinido.
Pero, ¿cómo es esto? En los documentos radicados en los últimos días se asevera que Florián, recordado por haber participado en películas para adultos y por ser uno de los voceros más representativos de la comunidad LGBTI, se ha identificado como una persona “no binaria” ante la ley.
Por esta razón, su designación no representa un desequilibrio al número de mujeres y hombres que ocupan actualmente el gabinete ministerial del presidente Gustavo Petro.

“Las personas con identidad de género no hegemónica, como Juan Carlos Florián Silva, no estarían incluidas en la garantía de participación en los cargos públicos de las mujeres; la verdad es que la declaratoria de ilegalidad de su nombramiento, así como la suspensión provisional del mismo, supondrían la negación de sus derechos fundamentales asociados con su identidad de género”, señaló la Presidencia.
A estos conceptos se le suma un documento radicado el pasado 11 de septiembre por parte de la Fundación de Mujeres Trans Diversas del Río Tuluni que piden negar de plano las pretensiones de anular la elección de Florián Silva como ministro o ministra, como alega la petición.
En el concepto, se refieren al hecho de que Florián cuenta con la experiencia necesaria para el mencionado cargo, asegurando que ha representado los pilares de defensa de las personas sexualmente diversas.
“La trayectoria de la ministra Juan Florián Silva se ha desarrollado desde una identidad no binaria, marica y de género fluido, siempre vinculada a lo femenino y a la defensa de comunidades históricamente marginadas. Ignorar esta realidad para excluirla del ámbito de aplicación de la Ley 581 constituye una restricción regresiva y contraria al principio de igualdad material”, señala la Fundación.
El hecho de que se quiera hablar en este caso de hombres y mujeres representa, según el concepto, un acto de discriminación y concepción cerrada de género.
“El reconocimiento de la ministra en el cargo no se limita a su trayectoria individual. Representa un símbolo de apertura democrática que legitima la participación de los territorios, las diversidades sexuales y de género, y los sectores tradicionalmente relegados en el ejercicio del poder público”, añade la petición.

Finalmente, se manifiesta que el debate jurídico frente a este nombramiento no puede limitarse a solo dos opciones. “Reducir su aplicación a un conteo binario hombre/mujer invisibiliza las realidades de quienes, como la ministra Juan Florián Silva, se reconocen desde lo femenino, transitan los géneros, se identifican como personas de género fluido y han enfrentado las violencias patriarcales. Una interpretación restrictiva de la Ley sería contraria al principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos, al cual está obligado el Estado colombiano”.
“Insistir en que la ministra Juan Florián Silva no cumple con la cuota femenina por llevar un nombre jurídico masculino desconoce su vivencia real de género y su condición de persona de género fluido, constituyendo una interpretación discriminatoria de la norma. La jurisprudencia constitucional ha señalado que la igualdad sustantiva exige reconocer y proteger la diversidad de identidades que habitan la sociedad colombiana, superando visiones binarias que limitan la aplicación de medidas afirmativas”, complementa.