NACIÓN

Corte Constitucional ordena al gobierno realizar un “diagnóstico integral” sobre los presos con discapacidad psicosocial en las cárceles

El alto tribunal pidió, además, que se diseñe una política pública que les permita a estos reclusos acceder a servicios de salud mental que cumplan con “estándares constitucionales e internacionales”.

Redacción Semana
18 de diciembre de 2024
De acuerdo con el reporte oficial, el cinematográfico intento de fuga iba a ser cometido por el feminicida apoyado por un familiar aprovechando la visita regular de los sábados.
El alto tribunal pidió, además, que se diseñe una política pública que les permita a estos reclusos acceder a servicios de salud mental que cumplan con “estándares constitucionales e internacionales”. | Foto: Getty Images/EyeEm

En una sentencia conocida esta semana, la Corte Constitucional ordenó al Gobierno nacional a que elabore un “diagnóstico integral” sobre la situación de las personas con discapacidad psicosocial en las cárceles del país y, además, que diseñe una política pública que les permita a estos reclusos acceder a servicios de salud mental que cumplan con “estándares constitucionales e internacionales”.

Con ponencia de las magistradas Natalia Ángel Cabo y Cristina Pardo Schlesinger, la corte señaló que encontró una “vulneración estructural” de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad psicosocial que se encuentran privadas de la libertad como “consecuencia de una inadecuada respuesta institucional para garantizar el acceso digno, continuo y respetuoso a los servicios de salud mental que cumplan con estándares constitucionales e internacionales, especialmente los establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas”.

  Al no existir hechos sobrevinientes que justificaran una emergencia económica por la caída de la tributaria, de ser decretada, seguramente se hundiría en la Corte Constitucional.
El alto tribunal pidió que se diseñe una política pública que les permita a estos reclusos acceder a servicios de salud mental que cumplan con “estándares constitucionales e internacionales”. | Foto: Cortesía

De acuerdo con el alto tribunal, el diagnóstico debe contemplar los siguientes aspectos:

1. La recopilación y análisis de datos cuantitativos y cualitativos, entre los que se encuentre el número de personas privadas de la libertad con diagnósticos de salud mental o discapacidad psicosocial.

2. Los recursos humanos especializados, la infraestructura y equipamiento disponibles para la atención en salud mental de esta población.

3. El presupuesto desagregado destinado a la atención en salud mental.

4. La identificación de las condiciones de reclusión y atención en salud mental de las personas en situación de discapacidad psicosocial, incluyendo las prácticas que puedan comprometer los derechos de esta población.

5. La formulación de recomendaciones iniciales, que incluya medidas inmediatas, a mediano y a largo plazo para garantizar el acceso digno y adecuado a servicios de salud mental para la población privada de la libertad en situación de discapacidad psicosocial, al igual que recomendaciones específicas sobre las acciones administrativas y presupuestales necesarias.

La corte señaló que, para la elaboración del diagnóstico, el gobierno deberá convocar en un plazo de dos meses un comité interdisciplinario en el que tengan participación, entre otras entidades u organizaciones, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), el Instituto Nacional de Medicina Legal, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Contraloría General de la República, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Comisión de Seguimiento a las Condiciones de Reclusión del Sistema Penitenciario y Carcelario, la Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario de Colombia, la Federación Colombiana de Municipios, la Federación Nacional de Departamentos, Asocapitales, la academia, y organizaciones de personas en situación de discapacidad.

“Este comité interdisciplinario deberá brindar apoyo técnico al Gobierno nacional para garantizar la calidad, imparcialidad y un enfoque participativo y de derechos humanos en el diagnóstico. El diagnóstico deberá realizarse en un término de seis meses contados a partir de la creación del comité interdisciplinario”, agregó la corte.

Finalmente, el alto tribunal manifestó que el gobierno deberá publicar los resultados del diagnóstico, el cual estará disponible al público en general por un espacio de dos meses.

“El Gobierno nacional, a través de la ministra de Justicia y del Derecho, el ministro de Salud y Protección Social, el ministro del Interior, el ministro de Hacienda y el director del Departamento Nacional de Planeación, deberá publicitar ampliamente los resultados de este diagnóstico y sus recomendaciones, una vez sea desarrollado. El diagnóstico deberá quedar publicado y disponible al público general por un periodo mínimo de dos (2) meses y las entidades referidas deberán abrir espacios de retroalimentación por parte de la sociedad civil”, subrayó.