Nación

Consejo de Estado suspendió directiva que expidió Petro para fijar el 33 % de pauta oficial para medios alternativos

La Fundación para el Estado de Derecho presentó una demanda de nulidad contra la Presidencia por expedir dicha iniciativa.

21 de agosto de 2025, 4:23 p. m.
El presidente, Gustavo Petro, durante el "Conversatorio en defensa del orden constitucional", en Bogotá, el 20 de agosto de 2025
El presidente, Gustavo Petro, durante el conversatorio en defensa del orden constitucional. | Foto: Foto de Juan David Segura - Presidencia de Colombia

La Sección Tercera del Consejo de Estado suspendió provisionalmente la directiva que expidió el presidente Gustavo Petro, para fijar el 33 % de pauta oficial a medios alternativos, comunitarios y digitales, después de que la Fundación para el Estado de Derecho la demandara con la intención de anularla.

Dicha resolución estableció que los ministerios, departamentos administrativos y entidades del sector central de la rama ejecutiva, debían destinar el tercio de la pauta oficial para medios comunitarios, alternativos, digitales y nuevas tecnologías, lo que le abría la puerta a los controvertidos influencers.

El Consejo de Estado explicó en su decisión: “Se decretará la suspensión provisional de la Directiva 11 de 2024 por encontrar que se cumple con el requisito sustancial contenido en el artículo 231 del CPACA, esto es que el acto administrativo viole las normas superiores invocadas en la demanda”.

Para los magistrados de la Sección Tercera, esa directiva terminó violando el deber de selección objetiva, los principios de igualdad, libre competencia y la ley anticorrupción frente a los lineamientos que se destinan del presupuesto para la publicidad de entidades del orden nacional y territorial.

“El hecho de que se haya dispuesto que la destinación del presupuesto en esos términos se hiciera ‘sin perjuicio de la observancia del Estatuto de Contratación Pública’ no reviste de legalidad a la directriz”.

El alto tribunal también llamó la atención sobre la disposición de la directiva que aplicaba para contratar con dichos medios, sin perjuicio de los parámetros que establece el Estatuto de Contratación Pública.

El fallo se determinó sobre ese argumento: “Resulta no solo insuficiente sino abiertamente contradictorio. Lo anterior, porque en sí misma la directiva significa la vulneración de principios esenciales del Estatuto de la Contratación Pública tales como la selección objetiva y la planeación. Luego, no puede pretender que se subsanen esos yerros, con la observancia del Estatuto al momento de contratar para los fines ahí dispuestos y con los beneficiarios ahí señalados”.

Directiva Petro
La directiva de Petro. | Foto: Directiva Petro

Por eso, el Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente la directiva Presidencial 11 de 2024, expedida por el presidente Gustavo Petro, por todas las razones que expusieron dentro de la decisión.

Esa demanda se venía analizando desde mayo de este año, cuando la Fundación para el Estado de Derecho expuso que, aunque la iniciativa buscaba fines legítimos como la pluralidad informativa y el acceso equitativo a la pauta estatal, la norma fue adoptada “sin respetar” fines legales y constitucionales que están establecidos en la contratación pública en Colombia.