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Caso Altus Baquero: Corte Constitucional negó solicitud de nulidad y lo mantiene como magistrado en el CNE

El alto tribunal definió un proceso que había adelantado la Sección Quinta del Consejo de Estado por la elección de Baquero en el Consejo Nacional Electoral.

30 de enero de 2025, 12:14 p. m.
Altus Baquero y el CNE
Altus Baquero y el CNE | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme este jueves, 30 de enero, la resolución con la que se eligió y nombró a Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE). El alto tribunal terminó rechazando la solicitud de nulidad que habían planteado los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado contra su elección.

La decisión del alto tribunal indicó: “Negar la solicitud de nulidad formulada por los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado en contra de la Sentencia SU-342 de 2024, por la presunta violación al debido proceso a causa de incongruencia entre sus partes considerativa y resolutiva, y por contener órdenes a entidades no vinculadas”.

Altus Baquero, magistrado del Consejo Nacional Electoral.
Altus Baquero, magistrado del Consejo Nacional Electoral. | Foto: Prensa Altus Baquero

El fallo de la Corte Constitucional se conoce después del estudio a la solicitud de nulidad que plantearon los magistrados del Consejo de Estado, alegando la violación al debido proceso por incongruencia y por dictar órdenes a sujetos no vinculados. Esas dos causas fueron la base para tomar una decisión sobre la elección de Baquero en el CNE.

Sobre la violación al debido proceso, la Sala consideró “que no se configuró porque la Sección Quinta, como autoridad accionada, estuvo vinculada al trámite de la tutela y pudo participar en las actuaciones y en el debate del proceso”.

| Foto: guillermo torres-semana

La Corte también verificó que la nulidad que se solicitó no decidió una cuestión fáctica ni jurídica no planteada en el expediente que implique un desacuerdo entre la parte motiva y resolutiva, sino sobre el auto que ordenó la suspensión de los efectos de aquel solicitud.

Sobre la falta de competencia de la Corte con la sentencia, la Sala consideró que “actuó con sustento en lo dispuesto por el artículo 241.9 superior, y por lo regulado en el Decreto 2591 de 1991. La sentencia objeto de la solicitud fijó una interpretación constitucional sobre el alcance de las normas superiores y el derecho a ejercer cargos públicos”.

Corte Constitucional | Foto: Guillermo Torres

La Corte también precisó: “La Sección Primera del Consejo de Estado ya resolvió la acción de tutela impetrada contra dicha sentencia”. Altus Baquero salió del CNE por el Consejo de Estado al no cumplir los años de experiencia que se necesitan para ese cargo.

La decisión se tomó con la participación de la conjueza Clara María González Zabala y el conjuez Iván Darío Gómez Lee. Las magistradas Natalia Ángel Cabo y Cristina Pardo Schlesinger salvaron su voto.