Nación
Aunque el gobierno se echó para atrás con la consulta popular, Corte Constitucional continuará su estudio y dictará punto final
La decisión la tomó el presidente de la Corte Constitucional y magistrado sustanciador en este caso, Jorge Enrique Ibáñez Najar.

El globo que lanzó el gobierno del presidente Gustavo Petro, buscando la aprobación de la reforma laboral vía consulta popular, se desinfló en pocos días y finalmente fue retirado para dar paso a una constituyente de origen popular. Sin embargo, no se quedará en el tintero. La Corte Constitucional hará el estudio de la convocatoria, pese a que ya no continúa su trámite.
Por este motivo, se mantendrá con el trámite de control de constitucionalidad del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, por medio del cual se convoca a una consulta popular nacional.
La decisión fue tomada por el presidente de la Corte Constitucional y magistrado sustanciador en este caso, Jorge Enrique Ibáñez Najar.
Por este motivo, para avanzar en el estudio, Ibáñez Najar le acaba de solicitar a la Presidencia y a la Secretaría del Senado toda la documentación sobre la fallida consulta popular.
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“Se ordenará a la Presidencia y a la Secretaría General del Senado de la República remitir copia de todas las actuaciones cumplidas en relación con la consulta popular que se convoca mediante el decreto sub examine, desde la presentación de la solicitud de concepto previo y de la justificación que le elevó el Gobierno Nacional, hasta la última de las actuaciones surtidas en esa Corporación. Asimismo, deberá enviar copia o enlace de acceso a las grabaciones, videos o actas de la sesión plenaria en la cual se debatió y votó dicha solicitud”, se lee en el auto firmado por el magistrado Ibáñez Najar.

El asunto tiene que ver con que la consulta popular fue convocada y su trámite, como señala la norma, debía iniciar con la aprobación de la plenaria del Senado, y en dos ocasiones fracasó.
El Gobierno vio fácil entonces hacer una convocatoria de la consulta popular por decreto, y aunque este fue objeto de revisión por el Consejo de Estado, el Gobierno consideraba que la última palabra la debía tomar la Corte Constitucional.
Justamente el Consejo de Estado había suspendido esta consulta temporalmente, y el presidente Petro fue quien planteó que la instancia de cierre era la Corte Constitucional, quedando sobre la mesa un posible conflicto de competencias.

Pues bien, aunque Petro finalmente dio marcha atrás, no lo hizo el magistrado Ibáñez, quien además dejó claro que no existía choque de competencias entre el Consejo de Estado y la Corte Constitucional.
“Sobre la base de reconocer las competencias del Consejo de Estado y su ejercicio legítimo por dicha Corporación, el suscrito magistrado sustanciador considera que no es necesario suscitar un conflicto de competencias entre autoridades de diferentes jurisdicciones, sino de proceder en el marco del diseño constitucional y legal establecidos, con respeto a la autonomía del Consejo de Estado y, al mismo tiempo, con estricta sujeción a la responsabilidad que tiene esta Corte de guardar la integridad y supremacía de la Constitución”, se lee en el auto.
Y agrega: “Avocar conocimiento de este trámite en esta Corte, no implica menoscabo alguno del ejercicio de las competencias que en virtud de la Constitución y la ley le corresponde ejercer al Consejo de Estado, las cuales deben ser ejercidas por esa Corporación de manera autónoma”.
Ahora el Gobierno y el Senado tendrán que enviar toda la información sobre la fracasada consulta, y la decisión final será determinante: se definirá si el presidente puede saltarse el Congreso para, de un plumazo, convocar a una consulta popular, o si esta posibilidad queda cerrada por completo.