Nación
A pesar del escándalo de lujos y beneficios de alias Pipe Tuluá, un juez lo regresa a su celda VIP en pabellón de extraditables
El Inpec debe garantizar la seguridad de este peligroso extraditable.


Este miércoles, 24 de septiembre, el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Villanueva, La Guajira, emitió la sentencia 070 de 2025, donde resolvió una acción de tutela presentada para favorecer a Andrés Felipe Marín Silva, alias Pipe Tuluá, un extraditable que ha generado polémica en Colombia por sus lujos dentro su celda en la cárcel La Picota de Bogotá.
En su celda, tenía lujos y beneficios irregulares, pero, aun así, el togado ordenó su retorno a este centro carcelario de máxima seguridad en Bogotá. En esta tutela, el abogado de alias Pipe Tuluá sostuvo que el traslado hacia la Estación de Policía de Los Mártires en Bogotá ponía en riesgo su vida, integridad y dignidad.
“La permanencia del interno en la Estación de Policía de Los Mártires no solo desconoce el marco constitucional y legal de custodia penitenciaria, sino que también configura un riesgo de afectación irremediable”, dice el fallo conocido por SEMANA.
El juez señaló que el Inpec dio a conocer que la solución era un “pabellón externo de máxima seguridad” adscrito a la cárcel de La Picota, pero a su juicio esto era una improvisación.
“No es posible sostener que el pabellón está adscrito al Complejo Carcelario de Bogotá y, a la vez, que se ubica físicamente en una estación de policía que no constituye un establecimiento penitenciario”, advirtió el despacho.
Alias Pipe Tuluá, capturado en 2014 y solicitado en extradición por una corte de Estados Unidos, ha sido blanco de polémicas por sus lujos dentro de su celda mientras espera su salida del país.

La tutela pedía el traslado de alias Pipe Tuluá hacia la cárcel Rodrigo de Bastidas en Santa Marta, pero fue negado porque la misma no contaba con el pabellón de alta seguridad para extraditables.
“El artículo 28 de la Constitución dispone que la privación de la libertad solo puede cumplirse en los lugares determinados por la ley”, recalcó el juzgado.
La sentencia también cuestiona las resoluciones administrativas del Inpec que intentaron justificar la creación del pabellón en Los Mártires, advirtiendo que “ninguna resolución administrativa puede modificar el reparto constitucional y legal de competencias” en materia de custodia penitenciaria.