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Green Card “por ley”: los migrantes latinos que pueden obtenerla sin necesidad de patrocinador

Algunos extranjeros en EE. UU. son elegibles para la residencia legal si cumplen con los requisitos establecidos por el gobierno federal.

26 de abril de 2025, 12:24 a. m.
El embargo a Cuba ha sido tema de discusión durante años.
El embargo a Cuba ha sido tema de discusión durante años. | Foto: Getty Images / NurPhoto / Colaborador

Un grupo de migrantes latinoamericanos puede acceder a la Green Card en Estados Unidos sin requerir patrocinadores: se trata de los ciudadanos cubanos, quienes deben cumplir con los criterios establecidos por la Ley de Ajuste Cubano de 1966 (conocida como CAA, por sus siglas en inglés).

Requisitos para los migrantes cubanos a la hora de tramitar la green card

De acuerdo con el sitio oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), los solicitantes deben haber ingresado legalmente al país o haber recibido un permiso de entrada (parole) después del 1 de enero de 1959. También se requiere que hayan permanecido dentro del territorio estadounidense por un período mínimo de un año.

Después de cumplir con esos requisitos iniciales, los solicitantes deben satisfacer otros criterios de elegibilidad, como no tener antecedentes penales significativos y demostrar una conducta moral adecuada. En estos casos, pueden comenzar el proceso presentando el Formulario I-485, conocido como Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

Representantes de los gobiernos de Cuba y Estados Unidos se reunieron en La Habana. Foto: Getty Images.
Se trata de los ciudadanos cubanos Foto: Getty Images. | Foto: Foto: Getty Images.

La Green Card sin patrocinador es posible para los cubanos

El procedimiento definido por Uscis no requiere que los solicitantes presenten pruebas de respaldo financiero por parte de un patrocinador, ni tampoco exige el formulario I-864 (Declaración Jurada de Patrocinio Económico), el cual es obligatorio en la mayoría de las demás solicitudes.

Esta excepción supone una ventaja significativa en comparación con otras vías hacia la residencia, que por lo general requieren el apoyo financiero de un ciudadano estadounidense o de un empleador con sede en EE.UU. Asimismo, brinda la oportunidad a personas sin lazos directos de regularizar su estatus migratorio.

No solo la Green Card: otros permisos posibles para los migrantes de Cuba

Uscis especifica que aquellos que deseen obtener una autorización de empleo mientras su solicitud está en proceso deben presentar el Formulario I-765. Este documento puede adjuntarse junto con la solicitud de ajuste o enviarse después de haber iniciado el trámite. El permiso puede tener una duración de hasta cinco años, siempre que esté asociado a un Formulario I-485 en curso.

La Ley de Ajuste Cubano sigue en vigor, aunque su implementación varía según las circunstancias particulares de cada solicitante. En este sentido, Uscis enfatiza que es esencial cumplir con todos los requisitos establecidos y presentar la documentación correspondiente, incluyendo evidencia de entrada y permanencia legal en Estados Unidos.

Por otra parte, se debe completar un examen médico conforme a lo establecido en el Formulario I-693. No obstante, a partir de enero de 2025, ya no será obligatorio incluir la vacuna contra el Covid-19 como parte del proceso, un requisito que se había implementado durante la última pandemia.

Green Card vs Visa: Diferencias, alcances y derechos que otorgan
Los solicitantes deben satisfacer otros criterios de elegibilidad, como no tener antecedentes penales significativos y demostrar una conducta moral adecuada. | Foto: Getty Images

¿Qué familiares son aptos para la green card con la Ley de Ajuste Cubano?

La CAA beneficia tanto a los ciudadanos cubanos como a sus familiares directos. Según el sitio web de Uscis, los siguientes familiares pueden solicitar la green card bajo esta ley:

  • Cónyuges: Si una persona se casa con un ciudadano cubano que cumple con los requisitos, puede solicitar la residencia permanente, sin importar cuándo comenzó su relación.
  • Hijos solteros menores de 21 años: Los hijos menores de edad también pueden beneficiarse, siempre que su padre o madre cubano cumpla con lo establecido por la ley.

Es importante señalar que los familiares no tienen que ser cubanos para calificar; sin embargo, deberán presentar pruebas que demuestren su vínculo con el solicitante principal, como un certificado de matrimonio o de nacimiento.

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