Estados Unidos
Colombianos en EE.UU.: ¿Cuánto pueden quedarse con visa B‑1/B‑2 sin arriesgar deportación o prohibición?
Aunque muchos colombianos creen que pueden quedarse hasta 6 meses en Estados Unidos con visa de turista, exceder el tiempo permitido o abusar de las visitas frecuentes puede resultar en la cancelación de la visa, deportación y hasta una prohibición de ingreso por varios años.

El creciente interés de los colombianos por viajar a Estados Unidos ha generado un llamado de atención sobre los límites legales de estancia.
Aunque la mayoría de viajeros con visa B‑1/B‑2 poseen permisos válidos por 10 años, la duración de la estadía por viaje está cuidadosamente regulada por las autoridades migratorias.
Cada ingreso al país implica recibir una autorización en el formulario I‑94 emitido por agentes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Esa autorización establece un límite máximo de estancia de hasta seis meses o 180 días por entrada, aunque en la práctica la mayoría de viajeros obtienen un periodo menor según criterio del oficial migratorio.

Este límite no significa que pueda viajar ilimitadamente dentro de ese periodo. Las autoridades migratorias evalúan el tiempo acumulado de estancias previas. Si un colombiano ha permanecido cerca del tope permitido, un ingreso prolongado puede ser negado.
Peor aún, superar los 180 días de estadía sin autorización conlleva graves consecuencias legales que incluyen deportación automática, prohibición de entrada por tres años si se excede un día, o hasta por diez años si la permanencia ilegal supera un año.
Quienes buscan prolongar su estadía pueden solicitar una extensión ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), pero deben hacerlo antes de la fecha límite establecida en el I‑94.
Solo algunos casos califican, como emergencias médicas, pero la extensión no está garantizada. Quienes no cumplan este trámite se vuelven “presencia ilegal”, lo que dificulta futuras solicitudes de visa y reingresos.

Además, desde junio de 2025, se reforzaron los controles bajo la Proclamación Presidencial 10949, parte de la Política de Seguridad Nacional. Si bien Colombia no figura entre los países afectados por prohibiciones totales o parciales, se exige mayor documentación y verificaciones adicionales para ciertos viajeros, especialmente de alto riesgo.
De igual forma, tanto la visa como el pasaporte deben cumplir exigencias específicas. El CBP exige que el pasaporte tenga al menos seis meses de validez más allá de la salida prevista, a menos que el país esté exento de esa regla; Colombia no está exenta, por lo que se aplica la norma completa.
El escenario actual exige a los colombianos planear con detalle sus viajes, respetar tanto la duración como las condiciones de la visa, y mantener vigente la documentación requerida. Romper las reglas no solo afecta el viaje presente sino que genera obstáculos importantes para volver a ingresar al país.