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Epa Colombia no tendría casa por cárcel, ministra de Justicia explicó la razón: “Hay un delito que no lo permite”
La funcionaria explicó que Epa Colombia no cumple con uno de los tres requisitos de la ley de utilidad pública.

Tres meses se van a cumplir desde la más reciente detención contra Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia. La creadora de contenido y empresaria fue capturada a las afueras de uno de sus locales el 27 de enero de 2025.
Desde mediados de marzo, la defensa de la empresaria de las queratinas había solicitado formalmente que se le otorgara la detención domiciliaria, argumentando que se ha certificado la labor social de Barrera Rojas, hecho por el cual no representa un peligro para la sociedad. “Su desempeño personal, laboral, familiar y social demuestra de manera inequívoca su compromiso con la rehabilitación y la reintegración a la sociedad”.

Sin embargo, en las última horas se conoció que la posibilidad de que la creadora saliera de la cárcel bajo la modalidad de detención domiciliaria era remota. La información fue dada a conocer a través de la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, quien en conversación con Camila Zuluaga en el programa Mañanas Blu, aclaró que la ley de utilidad pública que pidió la defensa de Epa tiene tres requisitos fundamentales y que —según su criterio— la creadora de contenido no cumplía con uno de ellos.

La ministra aseguró que “hay personas que cometen el delito en relación con su extrema pobreza para, por ejemplo, poder darle alimentación a su hijo. En ese caso en particular, hay una relación entre su marginalidad y su comportamiento; es casi que obligado”.
Otro requisito, indicó, es que efectivamente se “trate de ciertos delitos y no todos los delitos [aplican]”, y, el tercero, que tengan un “quantum punitivo” los delitos que permita trabajar.
Sobre la condena de Epa Colombia y si es posible que salga de la cárcel bajo esta ley, la ministra respondió con contundencia que, en su criterio, “hay un delito que no lo permite”.
Según la ministra, Epa Colombia no podrá obtener casa por cárcel porque “hay un delito, y lo digo teóricamente, que habla de instigación para terrorismo; yo he sido clara en que no comparto que en el caso de Epa haya habido terrorismo. Sin embargo, ella aceptó cargos y está condenada por ese delito; eso [lo] impide”. La condena contra Epa Colombia es de cinco años y tres meses de prisión.

A pesar de su apreciación, la funcionaria explicó que la decisión final sobre el caso “la puede dar únicamente un juez, nadie más puede hacerlo”, haciendo referencia a la solicitud hecha por el presidente Gustavo Petro, quien a través de su cuenta de X escribrió: “Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que aprobó en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de Justicia, ante el Inpec, aplicar la ley”, aseguró el jefe de Estado.