Economía
Ojo si tiene carro y va a declarar renta: este error es muy común y puede salirle carísimo
Durante estos meses son miles los colombianos que deben presentar el reporte ante la Dian.

Desde el pasado mes de agosto, arrancó oficialmente el calendario tributario para la declaración de renta de personas naturales, por lo que son miles los contribuyentes que deben alistar sus documentos como facturas, volantes de pago y otros certificados bancarios.
Este proceso tributario es uno de los más importantes y que debe ser radicado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de que la entidad conozca sus finanzas y determine cuáles impuestos son los que debe pagar y si es acreedor al impuesto de renta.

Sin embargo, no todo el mundo está exento de cometer errores en el proceso, por lo que es importante que se asesore con un contador público certificado y evite así dolores de cabeza.
Hay un error que muchos cometen y que pasa desapercibido, pero que puede resultar en inconvenientes con las autoridades de impuestos. Se trata de declarar un vehículo de su propiedad en el patrimonio bruto por su valor comercial, es decir, por el precio que tendría hoy en el mercado o su avalúo, en lugar de hacerlo por el costo fiscal.
Es importante recordar que el Estatuto Tributario considera el costo fiscal como el precio de compra, adicionando los ajustes por inflación hasta 2018 y las deducciones por depreciación, no el valor que el vehículo tenga hoy en el mercado.

Dicho error se registra en la casilla 29 del formulario 210, que está destinado al patrimonio bruto, en donde se incluye todos los bienes como lo son los vehículos.
Tenga en cuenta que si usted declara de esta forma el carro, puede ser sancionado por la Dian y esto podría salirle caro, aún más si usted hace la corrección luego del vencimiento estipulado para declarar.

De hecho, la norma permite que usted corrija la información presentada, pero esta se debe hacer en un tiempo específico.