Finanzas
¿Cuántas pensiones puede recibirse en Colombia por una incapacidad o riesgo? Leyes dan claridad a los cotizantes del país
Las personas deben consultar con especialistas en la materia cada caso.


En Colombia, las pensiones son uno de los aspectos fundamentales para cientos de personas que buscan asegurarse una jubilación próspera. Por otro lado, están aquellas personas que han sufrido algún tipo de accidente o enfermedad que no les permite realizar sus labores profesionales.

En este contexto, se debe señalar que las leyes del país clasifican este tipo de pensiones en dos categorías. La primera corresponde a las que están ligadas a los riesgos laborales y a los accidentes ocurridos durante la prestación de servicios. En estos casos, las ARL, tras realizar las comprobaciones pertinentes, son las encargadas de cumplir con los pagos.
Por otro lado, las pensiones que se generan por riesgo común están asociadas a personas que presentan una invalidez a causa de una enfermedad que no tiene su origen en un accidente laboral. En estos casos, los pagos son asumidos por el fondo de pensiones al cual esté afiliado el ciudadano.
Sin embargo, una misma persona no puede recibir un doble pago por una misma invalidez. Para estos casos, las leyes del país son muy específicas y señalan las pautas que deben seguir no solo el afectado, sino también las instituciones encargadas de cubrir los pagos.
“El Sistema General de Pensiones, creado por la Ley 100 de 1993, no admite que un pensionado por vejez pueda adquirir una segunda pensión que cubra el mismo riesgo”, recordó el Ministerio de la Protección Social (Minprotección). “Una vez cumplidos los requisitos establecidos por la ley para adquirir el derecho a la pensión de vejez, desaparece el riesgo y se transforma en un derecho pensional. Por lo tanto, resulta imposible cubrir un riesgo que ya no puede existir”, señala el portal Ámbito Jurídico.
Cada una de las personas que considere tener derecho a una pensión por un riesgo en Colombia debe pasar por los controles establecidos por las instituciones correspondientes. En el país, la mayoría de pagos están asociados a mesadas por invalidez.

Requisitos para acceder a la pensión por invalidez
- Pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, certificada por una Junta Regional de Calificación de Invalidez (JRCI) o, si hay apelación, por la Junta Nacional.
- Régimen de Prima Media: se requieren mínimo 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
- Régimen de Ahorro Individual: no hay un número fijo de semanas; lo importante es que haya el capital suficiente en la cuenta individual para financiar la pensión. Si no lo hay, el fondo evalúa si aplica una garantía de pensión mínima.