Finanzas
Arriendo en Colombia: Tres situaciones en las que no podrían realizarle un incremento
El aumento debe ser anunciado por parte del dueño del predio.


En Colombia miles de personas viven en arriendo, esta opción permite que disfruten de un predio por medio de un pago de unas cuotas que son establecidas por el dueño del inmueble y que tras cumplir el primer año pueden ser aumentadas.
En Colombia, el arrendamiento de vivienda urbana está regulado por la Ley 820 de 2003, la cual establece los derechos y deberes tanto de arrendadores como de arrendatarios.

Este aspecto es uno de los que mayores problemas genera en las relaciones entre arrendador y arrendatario, debido a que en muchos casos los aumentos se realizan por fuera del plazo establecido o incumpliendo excepciones que marca la ley para estos casos.
El primer caso que destaca la ley en los cuales no se puede realizar un aumento en el canon de arrendamiento es cuando el contrato no ha cumplido el tiempo establecido en el mismo.
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Es decir, si las dos partes llegaron a un acuerdo por un año no se podrá incrementar el valor antes del cumplimiento de este tiempo.
Por otra parte, otra de las causales por las cuales no se generará el aumento es cuando el mismo es superior al 100 % del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, según lo reportado por el Dane.
Cada inicio de año la entidad entrega el IPC del año culminado, el cual es la base máxima para incrementar los valores que pagaran los inquilinos del país.
Además, si las personas no recibieron una notificación en la cual se establezcan los nuevos valores, podrían argumentar el caso ante las alcaldías locales.
La ley establece que el incremento debe ser comunicado por escrito y con al menos 30 días de anticipación a su entrada en vigencia. Si el arrendador no cumple con este requisito, el arrendatario no está obligado a aceptar el nuevo valor del canon, al menos hasta que se cumplan las condiciones legales de notificación.

Por último, cuando el inmueble cuenta con graves daños estructurales o de humedad que afecten la calidad de vida de las personas o el correcto acceso a los servicios públicos, se podría no presentar el aumento de los valores.
En este aspecto se debe estudiar las causas de los daños y de ser necesarios contar con personal experto que certifique la culpa de los mismos y las responsabilidades para arreglar los mismos. Además, se debe señalar si estos estaban señalados al momento de firmar el contrato.