Eduación

Colombia está a un paso de dar un cambio importante en el financiamiento de la educación superior; la decisión está en manos del Senado

Se espera una modificación el esquema de financiación de las instituciones de educación superior (IES) públicas. 

18 de septiembre de 2025, 11:41 p. m.
Elección del magistrado de la Corte Constitucional
Plenaria del Senado. | Foto: ESTEBAN VEGA LA ROTTA

En los próximos días podría cambiar el futuro del financiamiento de la educación superior pública como derecho tras la aprobación unánime en la Plenaria del Senado de los artículos 1, 5 y 7 del proyecto de ley que busca reformar los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992 en el marco del Acuerdo Nacional por la Educación Superior.

Con la aprobación de estos artículos del proyecto de Ley 212 de 2024, que fue radicado hace un año por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, se espera una modificación el esquema de financiación de las instituciones de educación superior (IES) públicas.

“Este es un proyecto de ley que nos interesa a todos, el más importante que el Congreso pueda dejar a los colombianos. Hemos llegado a un acuerdo con ánimo conciliatorio para que el mensaje sea de unanimidad y no de distancia”, dijo el senador Pedro Flórez, coordinador ponente de la iniciativa.

Es uno de los temas más sensibles, pues a pesar de los esfuerzos del Gobierno,  todavía el país está rezagado.
Financiación de la educación superior en Colombia. | Foto: Getty Images

El próximo martes, 23 de septiembre, se llevará a cabo una nueva sesión a cargo de la subcomisión delegada por la mesa directiva para conciliar las proposiciones presentadas. Luego, habrá una votación del proyecto en plenaria.

Lo que se aprobó:

Artículo 1 (Objeto): define que la ley modifica los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992 para establecer un nuevo modelo de financiamiento de las instituciones de educación superior oficiales.

Artículo 5 (Crecimiento progresivo de recursos): establece que las transferencias de la Nación y de las entidades territoriales crecerán progresivamente hasta alcanzar como mínimo el 1 % del PIB en un plazo de 15 años. Este punto es un avance clave, pues introduce por primera vez en la ley una ruta de aumento real de la inversión en educación superior pública.

Artículo 7 (Vigencia): dispone la entrada en vigor de la ley tras su sanción y publicación.