ECONOMÍA
Prescripción de deudas:¿cómo aplicar a este derecho?
Las leyes del país permiten la solicitud de prescripción de una deuda.


Las deudas financieras son una de las principales preocupaciones para los ciudadanos del país. Cada día miles de personas solicitan productos financieros con el objetivo de poder cumplir diversas metas, sin embargo, el no pago de las mismas puede traer consecuencias legales.
La prescripción de una deuda es una figura legal que permite extinguir una obligación financiera cuando ha transcurrido un determinado tiempo sin que el acreedor haya realizado gestiones judiciales para cobrarla.
En Colombia, este proceso está regulado por el Código Civil y el Código de Comercio, dependiendo del tipo de deuda.

Se debe añadir que la prescripción no actúa automáticamente. Es decir, aunque haya transcurrido el plazo legal para que la deuda se considere prescrita, si el deudor no alega este derecho ante un juez, la obligación sigue existiendo jurídicamente.
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Es necesario que el deudor solicite expresamente la prescripción, ya sea en un proceso judicial iniciado por el acreedor o mediante una demanda autónoma.
Para presentar esta solicitud, el deudor debe contar con ciertos documentos y pruebas que demuestren el paso del tiempo y la falta de acciones por parte del acreedor.

Documentos necesarios
- Copia del documento que originó la deuda: Puede ser un pagaré, una letra de cambio, un contrato de préstamo, una factura o cualquier otro documento que demuestre la existencia de la obligación y la fecha en que debió cumplirse.
- Certificación de no interrupción del cobro judicial: Si el deudor desea probar que el acreedor no ha iniciado acciones legales en el tiempo estipulado, puede solicitar un certificado en los juzgados civiles, indicando que no existen procesos en su contra relacionados con dicha deuda.
- Comprobantes de pago o ausencia de estos: Si el deudor ha realizado abonos, estos interrumpen el término de prescripción. Por ello, es importante demostrar que no se han hecho pagos en el periodo señalado, o, en su defecto, mostrar cuándo fue el último.
- Declaración juramentada del deudor: En algunos casos, puede ser útil anexar una declaración juramentada donde se expongan los hechos y se afirme que no ha existido requerimiento judicial alguno por parte del acreedor.
- Correspondencia entre las partes: Correos electrónicos, cartas o mensajes que demuestren que no hubo reclamaciones formales o que confirmen la fecha del último contacto pueden servir como prueba adicional del abandono del cobro por parte del acreedor.
Por último, las personas deben tener en cuenta que los procesos de prescripción de deudas son muy diferentes a las reclamaciones por impuestos que necesitan de otros documentos y opinión de las gobernaciones locales.