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Pilas: la Dian cambió algunas condiciones para importar mercancías a Colombia, ¿cuáles son?

Estos cambios buscan cumplir una orden de las Altas Cortes en el país.

11 de junio de 2023
Puerto Cartagena de  Indias 
Exportaciones
Importaciones
Marzo 23 del 2023
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha anunciado recientes cambios en las condiciones para importar mercancías a Colombia. | Foto: Guillermo Torres /Semana

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció recientes cambios en las condiciones para importar mercancías a Colombia. Estos cambios se encuentran contemplados en el Decreto 920, emitido el 6 de junio de 2023, y tienen como objetivo principal ampliar las garantías y proteger las mercancías provenientes del comercio exterior.

El nuevo régimen aduanero, reglamentado por el mencionado decreto, busca fortalecer los procesos de incautación y asegurar la correcta aplicación de las normativas. Con base en las facultades otorgadas por el Congreso de la República a través del artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, se amplían las garantías procesales de los usuarios aduaneros y se busca adaptar las normas a las cambiantes necesidades del comercio exterior.

Algunos productos importados, tendrán que fabricarse en el país para la temporada navideña, según Analdex
Algunos productos importados tendrán que fabricarse en el país para la temporada navideña, según Analdex. | Foto: Getty Images

Una de las principales novedades es la creación de un comité central encargado de garantizar la adecuada aplicación de las normas durante los procedimientos de incautación de mercancías. Además, se implementarán auditorías internacionales para mejorar los procesos y se establece que la amonestación es una sanción válida que reconoce el derecho al error.

El director de la Dian, Luis Carlos Reyes, explicó que “se amplían las garantías procesales de los usuarios aduaneros y se permite que las normas cumplan su función de atender las necesidades cambiantes del comercio exterior”.

Con el nuevo régimen aduanero se amplían las garantías para los usuarios aduaneros en cuanto a sanciones y decomiso de mercancías, se reducen las causales de aprehensión y se asegura el cumplimiento de las normas aduaneras vigentes. Estas medidas sentarán las bases para que el régimen aduanero se adapte a las dinámicas y a las innovaciones constantes que exige el comercio exterior.

DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian. Fachada Edificio Sendas | Foto: CESAR FLECHAS

Este es un avance en el trabajo conjunto con el sector privado en identificar y facilitar las operaciones de usuarios confiables, mientras nuestros esfuerzos se enfocan en evitar la mala utilización del comercio exterior para delitos que pongan en riesgo al país”, agregó Luis Carlos Reyes.

El decreto también establece principios fundamentales para garantizar los derechos de los involucrados en los procedimientos aduaneros. Se destaca el principio de legalidad, que establece que nadie puede ser objeto de un procedimiento sancionatorio aduanero o de decomiso de mercancías, a menos que se ajuste a las normas existentes y sea realizado por la autoridad administrativa competente. Además, se prohíbe la doble sanción por la misma infracción o la aprehensión repetida de la mercancía por la misma causa.

Es importante resaltar que, si bien se amplían las garantías y se fortalecen los procesos, esto no implica una reducción de las facultades de las autoridades aduaneras. Por el contrario, se busca mejorar las diligencias y dotar a los funcionarios de herramientas adecuadas para desempeñar sus funciones.

Luis Carlos Reyes
Luis Carlos Reyes,director de la Dian. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

“Nadie podrá ser objeto de un procedimiento sancionatorio aduanero ni de decomiso de mercancías, sino conforme a normas preexistentes a la infracción que se le imputa, ante la autoridad administrativa competente y con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada procedimiento administrativo (...) A nadie se le podrá sancionar dos veces por el mismo hecho, ni se le podrá aprehender más de una vez la mercancía por la misma causal”, se registra en el decreto.

La nueva regulación ha sido bien recibida por los sectores comerciales, especialmente aquellos que se dedican a la importación de mercancías extranjeras. Sin embargo, algunos consideran que la normativa podría haber sido más sencilla, ya que se percibe como una continuación de lo ya existente.

“Las infracciones administrativas aduaneras de que trata el presente Título se califican como leves, graves y gravísimas, y serán sancionadas con amonestación, multas, suspensión o cancelación de la autorización, inscripción o habilitación para ejercer actividades, según corresponda a la naturaleza de la infracción ya la gravedad de la falta”, dice el texto.

Con los cambios implementados en el régimen aduanero, la Dian busca fortalecer los procesos y garantizar una mayor seguridad en las operaciones de importación. Los usuarios aduaneros contarán con amplias garantías procesales, se establecerán nuevos mecanismos de control y se reducirán las causales de aprehensión. Estas medidas son un paso importante para adaptarse a las necesidades cambiantes del comercio exterior y proteger el comercio legal de mercancías en Colombia.

Los sectores comerciales ven con buenos ojos la nueva regulación, además que era un tema que venía inquietando, sobre todo a los que traen mercancías extranjeras. No obstante, se esperaba que la normativa fuera más simple, pues sienten que es “más de lo mismo”. De hecho, desde Analdex aseguraron que la expedición del decreto surge porque la Corte Constitucional le exigió al Gobierno que el Congreso creara ese régimen, ya que era la corporación con facultades para realizarlo.